Disposiciones normativas sobre Agrupación de interés económico
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ARTÍCULO 43
ARTÍCULO 43 Agrupaciones de interés económico españolas. 1. A las agrupaciones de interés económico reguladas por la Ley 12/1991, de 29 de abril, de Agrupaciones de Interés Económico, se aplicarán las normas generales de este Impuesto con las siguientes especialidades: a. Estarán sujetas a las obligaciones tributarias derivadas de la aplicación de esta Ley, a excepción del pago de la deuda...
- Vigente Ley de Agrupaciones de Interés Económico (Ley 12/1991, de 29 de Abril)
- Vigente Ley sobre Régimen Fiscal de Agrupaciones y Uniones Temporales de Empresas y de las Sociedades de desarrollo Industrial Regional (Ley 18/1982, de 26 de mayo)