Declaración notarial de herederos en Derecho de Cataluña
Índice
- Sucesión abintestato en Cataluña: Normas sucesorias en Cataluña y derechos del cónyuge viudo. Derecho transitorio
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de una persona a sus hijos o descendientes y no hay cónyuge ni pareja: Código Civil de Cataluña
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de una persona a sus hijos o descendientes y hay cónyuge: Codi Civil de Cataluña
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de una persona a sus hijos o descendientes y hay conviviente en pareja estable: Codi Civil de Cataluña
- Acta por la cual un Notario declara heredero abintestato de una persona a su cónyuge, con o sin ascendientes, según el CCivil Catalán
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de una persona al conviviente en pareja estable, según el Código Civil Catalán
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de una persona a su/s ascendiente/s, no habiendo cónyuge sobreviviente ni conviviente en pareja estable según el «Codi Civil de Catalunya»
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de un impúber. Art.444-1 del Codi Civil de Cataluña
- Acta declaración de herederos de un extranjero fallecido abintestato, aplicando el Codi Civil de Cataluña
- Acta de declaración de herederos abintestato a favor de colaterales. Cataluña
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de una persona a sus hijos o descendientes y no hay cónyuge: Código de Sucesiones de Cataluña
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de una persona a sus hijos o descendientes y hay cónyuge: Código de Sucesiones de Cataluña
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de una persona a su cónyuge: Código de Sucesiones de Cataluña
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de una persona a su/s ascendiente/s, no habiendo cónyuge sobreviviente: Código de Sucesiones de Cataluña
- Acta por la cual un Notario declara herederos abintestato de un impúber. Art. 349 del Código de Sucesiones
- Acta por la cual un Notario declara los herederos de un extranjero fallecido abintestato, aplicando el Código de Sucesiones de Cataluña