Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, O.A., por la que se modifica la de 11 de diciembre de 2018, por la que se aprueba el modelo de certificación de créditos laborales incluidos en la lista de acreedores del procedimiento concursal, que ha de acompañarse con la solicitud de prestaciones de garantía salarial reguladas en el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

MarginalBOE-A-2022-15746
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Economía Social
Rango de LeyResolución

En fecha 6 de septiembre de 2022 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia).

Por otra parte, en fecha de fecha 8 de septiembre de 2022 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.

En base a la normativa anterior procede modificar y adaptar el anexo de la Resolución de 11 de diciembre de 2018, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, por la que se aprueba el modelo de certificación de créditos laborales incluidos en la lista de acreedores del procedimiento concursal, que ha de acompañarse con la solicitud de prestaciones de garantía salarial reguladas en el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE de 21 de diciembre de 2018), modificada por la Resolución de 14 de febrero de 2019.

A la vista de lo expuesto, esta Secretaría General, en virtud de las competencias atribuidas por los artículos 7 y 8.b del Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, en relación con el artículo 6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, resuelve:

Primero.

Modificar el anexo de la Resolución de 11 de diciembre de 2018 modificada por la de 14 de febrero de 2019, que queda redactado como sigue:

ANEXO. Certificado concursal

D./D.ª ......................................................................, administrador/a concursal de la empresa ........................, con CIF n.º ..............................., designado/a por el Juzgado Mercantil n.º ................, de ........................................................., en Auto de fecha ........................, dictado en el concurso de acreedores n.º ........................,

CERTIFICO

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