Resolución de 23 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Marginal | BOE-A-2022-3588 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital |
Rango de Ley | Resolución |
El texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, establece, en su artículo 49.1, que las cuantías indemnizatorias del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, fijadas en ella, quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
La Resolución de 2 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación dio en ese año publicidad a la actualización de acuerdo con el artículo 35 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, que fue del 0,9 por ciento.
La disposición adicional cuadragésimo sexta de la citada Ley 11/2020, de 30 de diciembre, dispuso que los pensionistas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas, con pensiones causadas con anterioridad al 1 de enero de 2021 que hubiesen sido revalorizadas en dicho ejercicio, recibirían, antes del 1 de abril del 2022 y en un único pago, una cantidad equivalente a la diferencia entre la pensión percibida en 2021 y la que hubiere correspondido de haber aplicado al importe de la pensión vigente a 31 de diciembre de 2020 un incremento porcentual igual al valor medio de los incrementos porcentuales interanuales del Índice de Precios al Consumo (IPC) de los meses de diciembre de 2020 a noviembre de 2021, siempre que el valor medio resultante fuese superior al 0,9 por ciento.
En este sentido, el Real Decreto 65/2022 de 25 de enero sobre actualización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2022, recoge en su disposición adicional primera que, a efectos del mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de acuerdo con la disposición adicional cuadragésimo sexta de la Ley 11/2020, las personas pensionistas del sistema de la Seguridad Social recibirán, antes del 1 de abril del año 2022 y en un único pago, una cantidad equivalente a la diferencia entre la pensión percibida en 2021...
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