Escrito de reclamación para la anulación de seguro de vida vinculado a préstamo hipotecario
Autor | Carolina Muñiz |
Cargo del Autor | Abogada. Socia Fundadora Firma 10 Abogados |
Actualizado a | Marzo 2023 |
DON/DOÑA, con DNI nº ....... y domicilio en..........en su calidad de asegurado con nº de póliza nº......, por medio del presente escrito interpone RECLAMACIÓN PREVIA a la vía jurisdiccional en solicitud de la anulación del seguro de vida vinculado al préstamo hipotecario, cuyos datos se detallan en los siguientes expositivos:
PRIMERO.- CONTRATOS
Con fecha .....de ..... entidad bancaria, le otorga PRÉSTAMO CON GARANTÍA HIPOTECARIA ante el Notario del Ilustre Colegio de......., bajo el número ....de su protocolo, junto a su cónyuge, DOÑA......, por un capital de .......EUROS. Se acompaña dicho contrato como Documento nº 2.
En unidad de acto, se suscribe PÓLIZA Nº..... de SEGURO DE HOGAR PROTEGIDO/VIDA con entidad ASEGURADORA, en la que consta como beneficiaria la entidad bancaria.
Se acompaña contrato y recibo de última prima pagada, como Documento nº 3.
SEGUNDO.- CANCELACIÓN SUBROGATORIA
Con fecha se solicita anulación de las pólizas de seguros de vida y de hogar vinculados a la hipoteca (productos de contratación combinada para la bonificación del tipo de interés), con fecha de efectos.......
Se acompaña copia de la comunicación realizada como Documento nº 4.
TERCERO.- CANCELACIÓN PÓLIZAS DE SEGURO Y CUENTA BANCARIA EN CAJASUR BANCO ASOCIADAS AL PRÉSTAMO HIPOTECARIO
No habiéndose obtenido respuesta a la comunicación antes citada, y tras comprobar que se habían cargado los recibos de las primas en cuestión se solicita, mediante correo electrónico de fecha..., la retroacción de los recibos y la anulación de pólizas.
Se acompaña copia de la comunicación como Documento nº 5.
CUARTO.- CONTRATACIÓN NUEVA PÓLIZA CON OTRA ENTIDAD ASEGURADORA
Se ha formalizado póliza de Seguro de vida nº ....... con la entidad aseguradora ........ designándose como beneficiara a........... (entidad bancaria con la que se contrató el préstamo hipotecario).
QUINTO.- Conforme al artículo 23.3 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, "se extinguirá el contrato de seguro accesorio al de préstamo del que sea beneficiario el prestamista, salvo que el prestatario comunique expresamente a la compañía aseguradora su deseo de que el contrato de seguro mantenga su vigencia y designe para ello un nuevo beneficiario, teniendo derecho el prestatario al extorno de la parte de prima no consumida por parte de quien la percibió."
SEXTO.- De otro lado, el criterio 1.17.2...
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