Cuestión Vinculante nº V2500-20 de Dirección General de Tributos, SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, 2020-07-22

Número de resoluciónV2500-20
Resúmen del tribunalEmpresario que determina el rendimiento neto de la actividad por el método de estimación objetiva, debido a la crisis sanitaria ha tenido a trabajadores en expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE).
Fecha22 Julio 2020
EmisorSubdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
Normativa aplicadaOrden HAC/1164/2019, Anexo II, Instrucciones IRPF nº 2.1.2ª.

La cuantificación del módulo personal asalariado se establece en la instrucción 2.1.2ª para la aplicación de los signos, índices o módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del anexo II de la Orden 1164/2019, de 22 de noviembre, por la que se desarrollan el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 30 de noviembre), que dispone:

“2ª) Personal asalariado: Persona asalariada es cualquier otra que trabaje en la actividad. En particular, tendrán la consideración de personal asalariado el cónyuge y los hijos menores del sujeto pasivo que convivan con él, siempre que, existiendo el oportuno contrato laboral y la afiliación al régimen general de la Seguridad Social, trabajen habitualmente y con continuidad en la actividad empresarial desarrollada por el contribuyente. No se computarán como personas asalariadas los alumnos de formación profesional específica que realicen el módulo obligatorio de formación en centros de trabajo.

Se computará como una persona asalariada la que trabaje el número de horas anuales por trabajador fijado en el convenio colectivo correspondiente o, en su defecto, mil ochocientas horas/año. Cuando el número de horas de trabajo al año sea inferior o superior, se estimará como cuantía de la persona asalariada la proporción existente entre el número de horas efectivamente trabajadas y las fijadas en el convenio colectivo o, en su defecto, mil ochocientas.

Se computará en un 60 por 100 al personal asalariado menor de diecinueve años y al que preste sus servicios bajo un...

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