Premio de afección
- Práctico Administrativo General por:
- Práctico Urbanismo por:
- Recurso de casación contra resoluciones anteriores al 29 de julio de 2023
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ARTÍCULO 47
ARTÍCULO 47 En todos los casos de expropiación se abonará al expropiado, además del justo precio fijado en la forma establecida en los artículos anteriores, un 5 por 100 como premio de afección.
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STS, 26 de Mayo de 2005
"EXPROPIACIÓN URGENTE. INCONGRUENCIA OMISIVA DE LA SENTENCIA POR FALTA DE PRONUNCIAMIENTO EN MATERIA DE INTERÉS. Debe apreciarse incongruencia de la Sentencia, por el hecho de que ésta omite efectuar ningún pronunciamiento en cuanto a los intereses solicitados. La única cuestión es determinar el ""dies a quo"" y el ""dies adquem"" en uno y otro caso, así como la cantidad sobre la que los mismos...
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STSJ Castilla-La Mancha 934/2012, 17 de Diciembre de 2012
EXPROPIACIÓN FORZOSA. PREMIO DE AFECCIÓN. JUSTIPRECIO. En un suelo consolidado, en el que no haya mecanismos de distribución de beneficios y cargas y el suelo esté ya urbanizado, es posible que el perjuicio sea del 100 %. Sin embargo, cuando simplemente se valora una expectativa urbanística, ello no implica necesariamente que deba valorarse la servidumbre al 100 % del valor del suelo por el hecho
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Valoración de fincas como suelo no urbanizable: Aplicación de la tesis de que no crea ciudad
Ronda este cuarto cinturón. Fincas valoradas como suelo no urbanizable en un supuesto dudoso por aplicación de la doctrina sobre sistemas generales. Defensa de la tesis de que «no crea ciudad». Inadmisibilidad del criterio comparativo.
- Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 9 de marzo de 2012. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección 1. Ponente D. José Matías Alonso Millán.
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La aparcería y el premio de afección
I.-Necesidad de establecer la naturaleza jurídica de la aparcería: A) Criterio ordenador. Caracteres: 1) Relación «ihtuitu personae»; 2) Negocio «fiduciario»: Notas que le peculiarizan; 3) Contrato de prestación cont.nuado; 4) Desahucio: 5) Injerencia de otras, disciplinas. Bi Concecuencia: Asociativa, autónoma, institucional.-II. Régimen Jurídico: A) Prelación de fuentes. B) Conclusión : el...