Determinación
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STS, 13 de Marzo de 2014
JORNADA. DESCANSOS. CALENDARIO LABORAL. CONFLICTO COLECTIVO. IUS VARIANDI. En estas condiciones está claro que la empresa podía decidir abrir los días que considerara convenientes sobre los autorizados por la ley para su actividad comercial, pero sobre esta base no puede justificar en las previsiones del Convenio que quedara autorizado a introducir de forma unilateral en las condiciones de...
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STS 1/2020, 7 de Enero de 2020
CAMBIOS DE JORNADA. PREAVISO POR PARTE DE LA EMPRESA. Se declara nulo el plazo de dos días con el que la empresa pública Renfe venía comunicando a la plantilla las modificaciones del calendario laboral, en base al convenio colectivo. Los pactos sectoriales pueden ampliar, pero nunca reducir el preaviso de cinco días contemplado por el Estatuto de los Trabajadores para comunicar a los trabajadores