Artículos doctrinales sobre Derecho foral de Aragón
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- El Impuesto Sucesiones y Donaciones en España tras modificación Ley 26/2014 para cumplir fallo Sentencia Tribunal Justicia Unión Europea 3/9/2014
- Impuesto sobre sucesiones y donaciones
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Usufructo de dinero, usufructo vidual y legítima de los descendientes
Usufructo En el usufructo de dinero en Derecho Común, una corriente de la jurisprudencia menor, conforme al criterio de un amplio sector doctrinal, considera que el usufructuario está facultado para disponer a su arbitrio del dinero usufructuado sin concertar su destino con el nudo propietario, ni rendirle cuentas, ni prestar fianza salvo que el propio título constitutivo...
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La codificación del Derecho civil aragonés y el Código de Derecho Foral de Aragón de 2011
En los últimos quince años la compilación de derecho civil aragonés de 1967 ha sido sustituida por cuatro leyes aragonesas, refundidas junto a otras dos en el decreto legislativo 1/2011, de 22 de marzo, que contiene el denominado código de derecho Foral aragonés. De las seis leyes aragonesas allí refundidas cuatro han sido elaboradas por la comisión aragonesa de derecho civil y otras dos...
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La reforma aragonesa del Derecho civil patrimonial
Los Libros III, Derecho de bienes, y IV, Derecho de obligaciones, de la Compilación del Derecho civil de Aragón han sido derogados y sustituidos por el articulado de la Ley 8/2010, de 2 de diciembre, de Derecho civil patrimonial que, a su vez, ha sido refundido en el Libro IV del Código del Derecho Foral de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón.
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La capacidad procesal legítima y el menor, mayor de catorce años en Aragón
Minoría de edad La menor, mayor de catorce años y vecindad civil aragonesa, debe ser considerada como parte procesal legítima, al ser titular de la relación jurídica y haber comparecido en juicio como tal con la debida representación legal de su madre, anudándose a ella todas las consecuencias derivadas del proceso, entre ellas, la condena en...
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Un comentario desde Aragón sobre el artículo 1331 del Código civil
I. El plano dogmático y los esfuerzos teóricos en pro de una interpretación restrictiva de la regla.-II. El plano histórico dogmático y el proceso de «foralización» o «aragonización» de un precepto del Código Civil.-III. Jurisprudencia sobre modificación o ejecución de capítulos en las regulaciones forales históric
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Comentario al Artículo 16 del Código Civil
Artículo 16. 1. Los conflictos de Leyes que puedan surgir por la coexistencia de distintas legislaciones civiles en el territorio nacional se resolverán según las normas contenidas en el capítulo IV con las siguientes particularidades: 1ª. Será Ley personal la determinada por la vecindad civil. 2ª. No será aplicable lo dispuesto en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 12 sobre calificación,...
- Limitaciones al Derecho de viudedad aragonés
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La definición y el finiquito de legítima en el Derecho Civil de Baleares
I. Breve apunte histórico. - II. La compilación de derecho civil de baleares. - 1. La legítima balear. - 1.1. Naturaleza jurídica, cuantía y beneficiarios de la legítima. - 1.2. Formas de pago de la legítima y defensa de su intangibilidad. - 2. Los pactos sucesorios en Mallorca e Ibiza. - 3. La definición y el finiquito de legítima. - 3.1. Concepto, naturaleza y características del pacto de...
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Análisis y valoración del usufructo universal vidual y la cláusula de opción compensatoria de la legítima
Introducción al tema.-El usufructo universal vitalicio del cónyuge viudo y la cautela socini.-Conclusión.
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Aportación a la doctrina sobre la legítima aragonesa en contemplación de su futura reforma legal
1. Exclusión legal de la legítima de ascendientes y del cónyuge viudo. 2. Derechos de los legitimarios inmediatos, a) Imperatividad y ámbito de esta regulación, b) Legitimarios inmediatos y legitimarios mediatos, c) Cuota legal al resto de legítima (art. 124). d) Cuota legal al resto de legítima en algunos supuestos de desconocimiento total de la legítima (art. 122). e) Cuota legal en caso de...
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Resolución de 13 de mayo de 2002 (B.O.E. de 23 de julio de 2002)
El consorcio foral aragonés es una institución de Derecho sucesorio y por tanto se aplica en la sucesión de personas de vecindad civil aragonesa cualquiera que sea el lugar de radicación de los bienes, también si los mismos están situados fuera de Aragón.
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Sentencia de 13 de marzo de 2000.
SOCIEDAD CONSORCIAL ARAGONESA.-Se declara que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva al inadmitir un recurso de casación en un proceso sobre liquidación y partición de la sociedad consorcial, al entender defectuoso su suplico.-Sala 2.a.-
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La renuncia al derecho expectante de viudedad aragonés.
I. El derecho expectante.-II. La renuncia y el consentimiento.- III. Forma de la renuncia.-IV. La renuncia subsidiaria.-V. Renuncia genérica y renuncia por poder.-VI. Renuncia en bienes consorciales.-VII. Renuncia en caso de permuta.-VIII. Renuncia en caso de hipoteca.-IX. La reserva del derecho expectante.-X. La renuncia en la partición de herencia.-XI. La renuncia en la división de comunidad.-XI
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Artículo 16, apartado 2
I. Un precepto singular y perturbador: 1. Origen. Inadecuación al Estado pluri-legislativo. 2. Otros cambios en el contexto de la norma. 3. La modificación del artículo 9, 8.°, i. f., por Ley de 15 octubre 1990.-II. Viudedad aragonesa. Calificación, conflicto móvil, adaptación: 1. La tradición doctrinal. 2. Viudedad, efectos del matrimonio, régimen económico matrimonial. 3. Superposición de...
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La legítima formal aragonesa, la preterición y la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 30 de septiembre de 1993
A. Textos: 1. Testamento controvertido.-2. Sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número Doce de los de Zaragoza.-3. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.-B. Comentario: 1. Introducción.-2. Evolución histórica del sistema legitimario aragonés.-3. El nombramiento y la mención como modo de evitar la preterición en la Compilación Aragonesa.-4. Las contradicciones internas de la...
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Aplicación del impuesto de sucesiones a determinados contratos sucesorios
I. Efectos de las consultas vinculantes. II. La resolución de la dirección general de tributos de 23 de marzo de 2005. III. Su aplicación a los pactos de no suceder o de renuncia. IV. El artículo 24.1 de la ley del impuesto de sucesiones. V. Conclusiones.
- El pasivo del régimen matrimonial legal aragonés
- Instituciones de Derecho Civil aragonés, Zaragoza, 1841, de Luis Franco López y Felipe Guillen Carabaotes.
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Comunidad conyugal continuada
I. La continuación del consorcio en el Derecho histórico.-II. La regulación del Apéndice.-III. La Compilación Idea general-IV. Los supuestos de hecho para la continuación de la comunidad.-V. Continuación pactada en capítulos o dispuesta en testamento.-VI. Continuación cuando queda descendencia. La «presunción de acuerdo tácito» y la notificación de la voluntad en contrario.-VII. Continuación...
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Objetivos y método de la codificación aragonesa
I. La elaboración del Apéndice.-II. La reforma del Apéndice. Comisión de 1935-III. La Comisión compiladora y el Seminario.-IV. El renacimiento de los estudios de Derecho aragonés.-V. La perspectiva histórica.-VI. La inspiración en el Derecho comparado.-VII. ¿Revisión del Apéndice?-VIII. Los límites de la codificación.-IX. Los «nuevos» institutos.-X. La Junta de parientes y otros ejemplos.-XI....
- El Justicia de Aragón, visto por..., de la Diputación General de Aragón.
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La viudedad en la Compilación aragonesa
Antecedentes.-La viudedad, institución de Derecho de familia - Problemas de Derecho inter-regional.-Viudedad universal, salvo pacto o disposición expresa -Reducción de la viudedad por disposición unilateral de cualquiera de los cónyuges y su relación con el pacto.-Matrimonio de viudo o viuda con descendientes de anteriores nupcias.-Derecho expectante y disposición de bienes comunes a él afectos.-U
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Las uniones no matrimoniales en el Derecho histórico español. La sucesión mortis causa a favor de los hijos extramatrimoniales en el Derecho aragonés.
I. Introducción a la historia de los Fueros aragoneses: su expansión territorial-II. Regulación de la sucesión mortis causa de los hijos extramatrimoniales en los Fueros aragoneses anteriores a la Compilación de Huesca de 1247: A) Redacción primera del Fuero de faca. B) Compilación privada de Derecho aragonés. C) Fuero de Teruel -año 1177-. D) Fuero de Tudela. E) Redacción tardía del Fuero de...