Contratos publicitarios
- Práctico Administrativo General por:
- Práctico Urbanismo por:
- Normas del derecho común sobre uso y habitación
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STS 1624/2022, 12 de Diciembre de 2022
DEDUCCIÓN IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. GASTOS DE PROPAGANDA Y DIFUSIÓN. La aplicación de la deducción, en el impuesto sobre sociedades, del 15 por ciento de los gastos de propaganda y publicidad para la difusión de acontecimientos de excepcional interés público, debe realizarse sobre el coste total de los envases que incorporan el logotipo de los acontecimientos como base de la deducción. Se estima
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STS 481/2022, 26 de Abril de 2022
DEDUCCIÓN IS. GASTOS DE PUBLICIDAD. La aplicación de la deducción en el Impuesto sobre Sociedades de los gastos en publicidad y propaganda para la difusión de acontecimientos de excepcional interés público, se ha de realizar sobre el coste total de los envases que incorporan el logotipo de los acontecimientos como base de la deducción. Se estima el recurso de casación.
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Publicidad comercial
1. Introducción. 2. Publicidad comercial. 3. Principios jurídicos de la publicidad. 4. Publicidad ilícita. 4.1. Publicidad contra los principios constitucionales. 4.2. Publicidad engañosa. 4.3. Publicidad desleal. 4.4. Publicidad subliminal. 4.5. Publicidad de determinados supuestos. 4.6. Publicidad encubierta. 4.7. Publicidad comparativa. 4.8. Publicidad
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Últimas sentencias relativas a la aplicación de la ley sobre contrato de agencia
Sentencia del TS de 4 de diciembre de 2007: validez del pacto que excluye cualquier indemnización por clientela en caso de terminación unilateral con preaviso de un contrato de concesión de duración indefinida. Sentencia del TS de 11 de diciembre de 2007: sobre los gastos indemnizables ex art. 29 LCA.
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Análisis de los intereses en conflicto en los contratos de creación publicitaria
I. Antecedentes históricos y marco legal actual de la contratación publicitaria. II. De los contratos publicitarios. III. Del contrato de creación publicitaria. IV. Cesión de los derechos de explotación. V. Referencia a los derechos morales de autor. IV. Conclusión.