Sentencias sobre Acumulación y refundición de penas

325 sentencias sobre Sentencias sobre Acumulación y refundición de penas

  • STS 179/2015, 24 de Marzo de 2015

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS DICTADAS Y CUMPLIDAS EN OTROS ESTADOS. En los casos en que se haya cometido un delito en España con anterioridad a la condena de otro Estado miembro, la aplicación del artículo 988 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal conlleva que, aunque el límite cuantitativo del cumplimiento de la pena sea el mismo, ésta finalice en una fecha más cercana. La condena del otro Estado...

  • STS 336/2015, 24 de Mayo de 2015

    ACUMULACIÓN Y REFUNDICIÓN DE PENAS. DELITOS CONEXOS. La reglas que limitan la acumulación aritmética de las penas en los casos de concurso real, sobre todo en un sistema como el nuestro, que excluye las penas perpetuas privativas de la libertad, tienen la finalidad de no eliminar el carácter temporal de la pena así como la de unificar la reprobación del hecho mediante un símbolo único del...

  • STS 650/2014, 16 de Octubre de 2014

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. La resocialización del delincuente, aunque no es una finalidad prescindible en la orientación que debe seguir la ejecución, no es el único fin de la pena privativa de libertad, por lo que tal objetivo no debe hacerse incompatible con otros fines de la pena tradicionalmente reconocidos, como la retribución o especialmente, y en mayor medida, los efectos que de ella se...

  • STS 562/2015, 27 de Septiembre de 2015

    ACUMULACIÓN Y REFUNDICIÓN DE PENAS. Esas condenas dictadas con anterioridad en otros Estados miembros habrán de ser tenidas en cuenta, entre otros casos posibles, para acordar una prisión provisional o la cantidad y calidad de la fianza a prestar para eludirla, para determinar la pena o el límite máximo de cumplimiento, para denegar la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad...

  • STS 367/2015, 11 de Junio de 2015

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. REFORMA CÓDIGO PENAL POR LA LO 1/2015 DE 30 DE MARZO. Requisitos exigidos para la acumulación de condenas tras la entrada en vigor de la reforma del Código de Penal. A partir de la entrada en vigor de la LO 1/2015, de 30 de marzo (1/07/2015), se abandona la exigencia de conexión entre los hechos delictivos para la aplicación de los límites previstos en el anterior art 76...

  • STS 230/2018, 17 de Mayo de 2018

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. Las condenas cuya acumulación proceda respecto de esta sentencia más antigua, ya no podrán ser objeto de posteriores operaciones de acumulación en relación con las demás sentencias restantes. Si la acumulación no es viable, nada impediría su reconsideración respecto de cualquiera de las sentencias posteriores, acordando su acumulación si entre sí son susceptibles de ello.

  • STS 155/2014, 4 de Marzo de 2014

    ACUMULACIÓN Y REFUNDICIÓN DE PENAS. DELITOS CONEXOS. En el caso presente el Auto que resuelve el expediente no recoge la totalidad de las penas impuestas al reo en los distintos procesos cuya acumulación se discute, en flagrante contradicción con las exigencias del art. 988 de la LECr., ni los documentos antes relacionados, y los que echa de menos el solicitante. Ante esta grave deficiencia es...

  • STS 408/2014, 14 de Mayo de 2014

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. PENAS. Se producirá, una quiebra del derecho a la tutela judicial efectiva, causante de indefensión, cuando el incidente se desarrolle sin estar asistido el interno de dirección letrada que, con los conocimientos jurídicos inherentes a tal condición, pueda argumentar eficazmente en favor de su pretensión, encontrándose en una situación equiparada a la otra parte procesal...

  • STS 339/2016, 21 de Abril de 2016

    ACUMULACIÓN DE PENAS. La acumulación de penas deberá realizarse partiendo de la sentencia más antigua, pues al contenerse en ella los hechos enjuiciados en primer lugar, servirá de referencia respecto de los demás hechos enjuiciados en las otras sentencias. A esa condena se acumularán todas las posteriores relativas a hechos cometidos antes de esa primera sentencia. Se declara haber lugar a la...

  • STS 388/2014, 7 de Mayo de 2014

    DELITOS CONEXOS. ACUMULACIÓN DE CONDENAS. FORMACIÓN DE BLOQUES. Cuando hay una sentencia condenatoria es claro que los hechos delictivos cometidos con posterioridad a tal sentencia no pudieron ser objeto de aquel otro proceso. Esta Sala viene fundando esta limitación en la peligrosidad que existiría, como facilitadora de la comisión de nuevos delitos, cuando un condenado, por las penas que ya...

  • STS 226/2015, 17 de Abril de 2015

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. La práctica actual es la de tomar como referente la sentencia más antigua del bloque, seguida en la propuesta de refundición realizada por el Ministerio Fiscal, que resulta más beneficiosa que la propuesta realizada por el propio recurrente. En esta propuesta de acumulación se cumple el criterio general de excluir de la acumulación los hechos que ya estuviesen...

  • STS 360/2016, 27 de Abril de 2016

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. La acumulación de penas deberá realizarse partiendo de la sentencia más antigua, pues al contenerse en ella los hechos enjuiciados en primer lugar, servirá de referencia respecto de los demás hechos enjuiciados en las otras sentencias. A esa condena se acumularán todas las posteriores relativas a hechos cometidos antes de esa primera sentencia. Se estima la casación.

  • STS 365/2015, 15 de Junio de 2015

    ACUMULACIÓN Y REFUNDICIÓN DE PENAS. La nueva refundición que se opere solo será procedente cuando, en su conjunto, ésta resulte favorable al reo, dado que la condena posterior no puede perjudicar retroactivamente la acumulación ya realizada, una vez que se entra a revisar una acumulación anterior, la revisión no se limita a las penas efectivamente acumuladas, sino a todas las que fueron objeto de

  • STS 343/2017, 12 de Mayo de 2017

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. NULIDAD DE ACTUACIONES. A los efectos de no causar indefensión en los expedientes de acumulación se debe unir a las actuaciones, los testimonios de todas las sentencias cuyas condenas pretendan acumularse a fin de fijar el límite de cumplimiento de las mismas. El Auto que se dicte debe relacionar la totalidad de las penas impuestas al reo en los distintos procesos que se...

  • STS 178/2015, 24 de Marzo de 2015

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS DICTADAS Y CUMPLIDAS EN OTROS ESTADOS. En los casos en que se haya cometido un delito en España con anterioridad a la condena de otro Estado miembro, la aplicación del artículo 988 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal conlleva que, aunque el límite cuantitativo del cumplimiento de la pena sea el mismo, ésta finalice en una fecha más cercana. La condena del otro Estado...

  • STS 235/2015, 23 de Abril de 2015

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS CUMPLIDAS EN OTRO ESTADO. No procede la acumulación de condenas porque la constitución de un orden de condenas antes de la ejecución supondría que algunas de las condenas más graves quedarían amortizadas, al alcanzar el límite máximo de cumplimiento del artículo 76 del Código Penal.

  • STS 880/2014, 30 de Diciembre de 2014

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS. Se excluyen de la acumulación los hechos ya sentenciados cuando se inicia el periodo de acumulación y los posteriores a la última sentencia que determina la acumulación. Es intrascendente las fechas en que se juzguen los distintos hechos pues la procedencia de la acumulación, y sus efectos en la limitación de penas, no pueden quedar...

  • STS 355/2016, 26 de Abril de 2016

    REFUNDICIÓN DE PENAS. La acumulación de penas deberá realizarse partiendo de la sentencia más antigua, pues al contenerse en ella los hechos enjuiciados en primer lugar, servirá de referencia respecto de los demás hechos enjuiciados en las otras sentencias. A esa condena se acumularán todas las posteriores relativas a hechos cometidos antes de esa primera sentencia. Se estima la casación.

  • STS 267/2023, 19 de Abril de 2023

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. REQUISITO DE LA CONEXIDAD TEMPORAL. El Supremo se pronuncia sobre la forma de elaborar bloques en la acumulación de condenas de manera que resulte más favorable al reo. El Alto Tribunal señala que ha adoptado un criterio favorable al reo en la interpretación del requisito de la conexidad para la acumulación jurídica de penas. Además, en cuanto a la fecha de las sentencias

  • STS 207/2014, 11 de Marzo de 2014

    * Acumulación de penas.

  • STS 471/2013, 12 de Junio de 2013

    Solo se rechaza la doctrina Parot en situaciones jurídicas consolidadas en las que existen resoluciones firmes sobre la liquidación de condena especifica o calculo efectivo de la duración de las mismas, que pudieran generar en el recurrente legitimas expectativas concretas sobre su computo más favorable de los beneficios penitenciarios.

  • STS 522/2016, 16 de Junio de 2016

    REFUNDICIÓN DE PENAS. FALSIFICACIÓN EN DOCUMENTO MERCANTIL. ESTAFA. La acumulación deberá realizarse partiendo de la sentencia más antigua, pues al contenerse en ella los hechos enjuiciados en primer lugar, servirá de referencia respecto de los demás hechos enjuiciados en las demás sentencias. A esa condena se acumularán todas las posteriores relativas a hechos cometidos antes de esa primera...

  • STS 142/2016, 25 de Febrero de 2016

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. La acumulación de penas deberá realizarse partiendo de la sentencia más antigua, pues al contenerse en ella los hechos enjuiciados en primer lugar, servirá de referencia respecto de los demás hechos enjuiciados en las otras sentencias. A esa condena se acumularán todas las posteriores relativas a hechos cometidos antes de esa primera sentencia. Se estima parcialmente la...

  • STS 792/2017, 11 de Diciembre de 2017

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. Las limitaciones se aplicarán aunque las penas se hayan impuesto en distintos procesos cuando lo hayan sido por hechos cometidos antes de la fecha en la que fueron enjuiciados los que, siendo objeto de acumulación, lo hubieran sido en primer lugar. Se mantiene la exigencia según la cual, para que las condenas sean acumulables, se requiere que los hechos por los que han...

  • STS 245/2018, 24 de Mayo de 2018

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. Las condenas cuya acumulación proceda respecto de esta sentencia más antigua, ya no podrán ser objeto de posteriores operaciones de acumulación en relación con las demás sentencias restantes. Si la acumulación no es viable, nada impediría su reconsideración respecto de cualquiera de las sentencias posteriores, acordando su acumulación si entre sí son susceptibles de ello.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR