FJ 2º. El único argumento manifestado por el Ayuntamiento de Palma en contra de la Sentencia apelada es la pretendida incongruencia de la misma, aduciendo que no se analizaron las circunstancias del caso concreto, limitándose a aplicar doctrina general.
Esta Sala no aprecia la existencia del vicio denunciado en contra de la sentencia de instancia, ya que en ella se resuelven todos y cada uno de los puntos del debate, tal y como fue planteado por las partes, concluyendo que la conservación y el mantenimiento de la urbanización, cuyo deber incumbe a la entidad urbanística colaboradora, la Junta de Compensación de Son Puig, no incluían los costes de agua y de suministro eléctrico de las zonas verdes.
Cuestión distinta es que la Entidad Local demandada no esté de acuerdo con la motivaci...
..., y como parte apelada, la entidad "VIBELBA, S.L.U." y "LA JUNTA DE COMPENSACIÓN DE SON PUIG"...