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URBANISMO. Existiendo o no esa ulterior formalización de la aprobación definitiva del Programa por parte del Ayuntamiento, la interrelación entre los distintos apartados del acuerdo municipal hace que la efectividad de todos ellos, incluidos aquellos en los que la Corporación se pronuncia sobre cuestiones que son de su competencia, queda subordinada a la decisión que adopte la Comunidad Autónoma en su esfera de atribuciones. Se desestima el contencioso administrativo.
... Técnica de Programa presentada por Torrescamara y Cia de Obras, S.A. para la Actuación Integrada ...
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
..., Deogracias Candel, Fiermecivil, Torrescámara, Cia de Obras y Sedasa Construcción, el concurso ...
FJ 2º: Al examen del derecho subjetivo y de la doctrina jurisprudencial aplicados por el juzgador, por considerar infringido el artículo 15.1.a del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, pues considera que entre el contrato que une a la recurrente con la Administración y el de la trabajadora son el mismo; añadiendo que la obra sí ha finalizado. Respecto del fondo del asunto, señalar que se trata de una cuestión ya resuelta por esta Sala, en reciente Sentencia de 14 de octubre de 2010, rec.1370/2010, donde señalábamos que el Tribunal Supremo, en Sentencia de 21 de abril de 2010 vino a decir en su Fundamento de derecho Segundo que ".... el contrato por obra o servicio determinados aparece definido en el art. 15.a) del Estatuto de los Trabajadores como el que tiene por objeto "...
...Recurrente/s: U.T.E. ELSAMEX S.A.-TORRESCAMARA Y CIA DE OBRAS S.A. Abogado/a: JOSE ANTONIO GARCIA...
FJ 2º lugar alegan que se ha producido la vulneración de los artículos 1 y 73 de la Ley del Contrato de Seguro y de la jurisprudencia relativa a las mismas, al haber pactado una franquicia de 2.000 # que debe descontarse de la cantidad objeto de condena a la aseguradora. También entienden vulnerado el artículo 20-8 de la Ley del Contrato de Seguro y la jurisprudencia relativa al mismo al existir dudas que justifican que la aseguradora no haya abonado cantidad alguna. Y finalmente exponen que se ha infringido, por aplicación indebida, el artículo 394 de la LEC, ya que al existir dudas no era posible la condena en costas realizada. SEGUNDO.- Debemos decidir por tanto en primer lugar sí se ha producido error en la valoración de la prueba, lo que tras examinar la prueba practicada no apr...
... en el recurso, como apelante, Torrescámara y Cia. de Obras S.A. y Cía Aseguradora Zurich, re...
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