FJ 2º .- Por lo tocante a la alegación del Abogado del Estado, consta por documentos cuya autenticidad no se cuestiona que el otorgante del poder para pleitos es administrador solidario y, como tal, facultado para el ejercicio de todas las facultades de administración, entre ellas la de decidir el ejercicio de acciones en nombre de la compañía, por lo que carece de sentido exigir no se sabe qué acuerdo para el ejercicio de una acción, cuya decisión puede adoptar en el ejercicio normal de sus funciones de administración cualquiera de los administradores solidarios.
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... partes: DEMANDANTE: la compañía "TAHERMO,S.L.", con domicilio social en Málaga, representa...
FJ 2º Considerando que por la representación de la parte apelada se pidió la confirmación de la sentencia recurrida por sus propios fundamentos de derecho, añadiendo que la contraparte intenta, mediante el recurso interpuesto, que su valoración de las pruebas practicadas tenga mayor relevancia que la que realiza el Juez de Primera Instancia, el cual, como es sabido, es imparcial en sus decisiones basadas en la libre valoración de las pruebas, con el único límite o restricción de la sana crítica. Es por ello, que esta parte pone en duda la validez de los alegatos realizados de contrario para intentar que una Segunda Instancia, valore nuevamente, sin el privilegio de la proximidad con los hechos, las mismas pruebas y declaraciones que se realizaron en la vista oral. La contraparte pre...
... Malagueña S.L." contra la mercantil "Tahermo Renault Asistencia S.L."; pendientes ante esta. Au...