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...Dolceria Brugat, Olot. Dolors Pujol Escoda, Barcelona. Domus-Vilar Interiors, SL, Giro...Supermercados Pujol, SA, Lleida. Supermercados Pujol, SA, Lleida...
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MARCAS. CONFUSIÓN. Resulta relevante para declarar la compatibilidad de las marcas en conflicto, examinar el riesgo de confusión que puede provocar la convivencia entre marcas. El principio rector de la política social y económica la defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, conforme a la finalidad de la norma legal de garantizar el acceso al registro de las marcas en su consideración de signos distintivos que constituyen instrumentos eficaces y necesarios en la política empresarial y que suponen un importante mecanismo para la protección de los consumidores, de modo que en la comparación de las marcas opositoras en que puedan existir identidad o semejanza denominativa, fonética, gráfica o conceptual. Desestimado el recurso contencioso administrativo. Estimado el recurso de casación.
... de la Entidad Mercantil SUPERMERCADOS PUJOL, S.A., con la asistencia de Letrado, contra...
☞ Sentencia Favorable a: Titular
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...Dolceria Brugat, Olot. Dolors Pujol Escoda, Barcelona. Domus-Vilar Interiors, SL, Giro...Supermercados Pujol, SA, Lleida. Supermercados Pujol, SA, Lleida...
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SITUACIÓN MACROECONÓMICA/ Alimentación y distribución siguen tirando del tejido empresarial de Lleida, que en el último año ha sufrido la peor tasa de paro catalana..
...Los centros de Supermercados Pujol se mantiene como los supermercados de refere...
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MARCAS. DENEGACION DE INSCRIPCION. DISTINTIVIDAD DE LA MARCA. La distintividad de la marca es su función esencial que va a permitir su segura identificación y reconocimiento por la generalidad de los consumidores. Por esta razón, no basta que la marca identifique al producto, sino que es preciso además que proporcione una suficiente capacidad de diferenciación entre los productos marcados y todos los demás. La distintividad de la marca se constituye así en un dato que afirma que el objeto designado por ella pertenece a la clase de objetos que llevan esa marca, operando en la mente del receptor del signo como una señl, que sin necesidad de una gran reflexión le permite discernir sobre la naturaleza y el origen del producto, es decir, que todos los productos marcados con ese signo tienen una procedencia común y son homogéneos. Esta operación que se produce por efecto reflejo en la mente del sujeto receptor le va a permitir recordar con facilidad la imagen que el signo representa. De aquí, que deban rechazarse aquellos que o bien por su simplicidad no dicen nada o bien son tan complejos que su aprehensión no es posible. Se desestima el recurso contencioso administrativo. Se desestima la casación.
.../2003, interpuesto por la Entidad SUPERMERCADOS PUJOL, S.A., representada por el Procurador Don Ja...
☞ Sentencia Favorable a: Oficina de Patentes y Marcas
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REGISTRO DE MARCAS. DISTINTIVIDAD. Se impugna la resoluci—n de la Oficina Espa–ola de Patentes y Marcas por la que se concede una marca nacional denominativa. La distintividad de la marca se constituye as’ en un dato que afirma que el objeto designado por ella pertenece a la clase de objetos que llevan esa marca, operando en la mente del receptor del signo como una se–al, que sin necesidad de una gran reflexi—n le permite discernir sobre la naturaleza y el origen del producto, es decir, que todos los productos marcados con ese signo tienen una procedencia comœn y son homogŽneos. En primera instancia se rechaza la demanda. Se estima el recurso de casaci—n.
... del Estado y la Entidad Mercantil SUPERMERCADOS PUJOL, S.A., representada por el Procurador Don Ja...
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FJ 2º En la demanda se alega, por la actora, que se cumplen los requisitos exigidos para que opere la prohibición del art. 6.1 de la Ley de Marcas, existiendo un claro riesgo de asociación y confusión entre el nombre comercial mixto solicitado, Shunka, con grafico, y sus cinco marcas prioritarias Sunka, con grafico, en clases 29, 30,31,32,33,35y39, existiendo una evidente identidad fonética y denominativa, además de semejanza aplicativa, tratándose del sector de la alimentación, e interesando la estimación de la demanda, denegando el registro solicitado.
El Abogado del Estado se opuso a la demanda, en razón a que, en una impresión de conjunto, existen diferencias desde una perspectiva fonética, y,además, no hay coincidencia de ámbito aplicativo en los productos amparados por dic...
... por la mercantil Supsa Supermercats Pujol, S.L, antes Supermercados Pujol, S.A., representad...
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...1.001,00 . 25-00455-07 . SUPERMERCADOS PUJOL SA. . 2847DFN . 15.02.2007 . 08.06.2007 . 2....
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.... Supermercados Pujol, SA (Lleida, Segrià): empresa creada en el ...
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OTORGAMIENTO DE MARCA. No se crea riesgo de confusión por existir suficientes diferencias fonéticas entre los signos enfrentados y hay inexistencia de aprovechamiento indebido de la reputación de la marca registrada con anterioridad por tratarse de productos de diferentes categorías. Se desestima la demanda. Se desestima la apelación.
..., solicitada por la entidad «Supermercados Pujol S.A». por ser dicho acto administrativo aju...