FJ únicoEl juzgado de lo social nº 1 de Guadalajara dictó sentencia de 27-9-10 por la que desestimaba la demanda en materia de conflicto colectivo. Contra tal resolución se alza en suplicación la parte actora y ahora recurrente, esgrimiendo con correcto amparo procesal, un único motivo orientado a la revisión del derecho aplicado al amparo de la letra c/ del art. 191 de la LPL, invocando a tal efecto la infracción de los arts. 34 de ET y 46 en relación al 42 del Convenio Colectivo de la Industria Química y jurisprudencia que se reseña en materia de condiciones más beneficiosas, además de los arts. 3 y 1281 del CCv .
La correcta decisión del motivo así planteado convierte en indispensable concretar de forma suficiente el thema decidendi. En este sentido, y aunque el acta d...
...En la hoja dedicada a calendario resinas 2005, 5º turno resinas, se concluye con un cuadro...
FJ 2º Al estimar la demanda, artículo 394-1 de la L.E.C., las costas de primera instancia se imponen a la demandada. De conformidad con el artículo 398-1 de la LEC, al desestimar el recurso, procede imponer a la demandada las costas de esta instancia.
En su virtud, vistos los preceptos de legal y pertinente aplicación.
Que con estimación del recurso de apelación, interpuesto por el/la Procurador/a D.-Dª. Isidoro Manzanera Vila en representación de MAPFRE EMPRESAS S.A., contra la sentencia de fecha 21 de julio de 2009, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Lliria, debo revocarla y, en su lugar, se dicta otra por la que: "Estimo la demanda instada por MAPFRE EMPRESAS S.A. y condeno a CAR VOLUM S.L. al pago de 707,01 # e intereses legales desde la interp...
... S.A., aseguradora de la mercantil SM RESINAS S.A., modalidad de seguro industrial, reclama el i...