Sap España

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6.280 documentos para Sap España
  • Presupuestos críticos.-2. La interpretación del derecho positivo a la luz del espíritu y finalidad de las normas, en relación con la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas: a) Interpretación de los preceptos que regulan cada uno de los retractos legales. B) interpretación de las normas que resuelven la colisión entre distintos tipos de retracto legal.-3. Fundamento del retracto arrendaticio rustico y de los retractos de colindantes regulados en el código civil y en la lmea: a) fundamento del retracto arrendaticio rústico. B) Fundamento del retracto de colindantes del artículo 1.523 del código civil. C) Fundamento del retracto de colindantes regulado en el artículo 27 lmea.-4. Argumentos en favor de la preferencia del retracto arrendaticio rustico.-5. Argumentos que su...

    ... atender a tres claves: La integración de España en las Comunidades Económicas Europeas; la config...

  • Relevance: 3 Relevance: 3 Relevance: 3

    TARJETA DE EMBARQUE. REQUISITOS PARA EL EMBARQUE. LIBERTAD CONTRACTUAL. CLÁUSULA DE PENALIZACIÓN. Se reclama contra la sentencia que estimó parcialmente la reclamación por los daños y perjuicios causados con ocasión de la cancelación de un vuelo contratado con la compañía aérea RYANAIR y, declaró la nulidad, por apreciar su carácter abusivo, de la cláusula contractual dispuesta por dicha compañía, como condición general de la contratación, que obliga al pasajero a llevar consigo impresa la tarjeta de embarque bajo la penalización, en caso contrario, de tener que abonar 40 euros. No consideramos que la obligación, suficientemente advertida con antelación, a cargo del pasajero de imprimir la tarjeta de embarque desde la página web en la que ha efectuado la contratación, y portarla consigo al aeropuerto, sea un gravamen desproporcionado, implique un desequilibrio importante entre las prestaciones o limite de manera injustificada sus derechos, en definitiva que sea abusiva. La cláusula de penalización estimula el cumplimiento de dicha obligación asumida por el pasajero y sanciona, con un importe que no estimamos excesivo, la omisión de una gestión que, en contra de lo convenido, el pasajero pondría a cargo de la compañía en el momento del embarque (la impresión o reimpresión de la tarjeta) y que la compañía ha querido evitar, sin que la consecuencia del incumplimiento sea desproporcionada (como sería la denegación del embarque), sino meramente económica y de no excesiva cuantía. Se trata de un pacto amparado por la libertad contractual, del que el pasajero es suficientemente informado y cuya aplicación (la cláusula penal) puede evitar con una mínima diligencia (entrar en la web de RYANAIR, imprimir la tarjeta y no olvidar llevarla consigo al aeropuerto). Se estima el recurso de apelación.

  • «Los portales de empleo siguen siendo la mejor fuente para buscar una ocupación ya que aglutinan el mayor número de ofertas laborales»

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    Propiedad horizontal. Elementos comunes. Fachada. Obras en local comercial para abrir un acceso a la calle. Modifican la fachada como elemento común, dado que afectan a un cerramiento configurador de la misma, como se desprende de la existencia de una servidumbre de paso con el local adyacente.

  • Introducción. 2. Normativa aplicable. 3. Concepto de sustracción internacional de menores. 4. Novedades del reglamento (CE) 2201/2003. 4.1. Novedades en general. 4.2. Novedades del reglamento 2201/2003 en lo relativo a la responsabilidad parental. 4.2.1. Ampliación del ámbito de aplicación. 4.2.2. Los acuerdos entre las partes tendrán fuerza ejecutiva en el Estado miembro de origen. 4.2.3. Relación entre el Reglamento y el Convenio de la Haya de 1996 relativo a la protección de los niños. 5. Normas de competencia en materia de responsabilidad parental en el reglamento 2201/2003. 5.1. Norma general: El Estado de la residencia habitual del menor. 5.2. Excepciones a la norma general. 5.2.1. Mantenimiento de la competencia del Estado miembro de la anterior residencia habitual del m...

    ...Este Convenio al que España se adhirió el 1 de abril de 2003 no ha posteriorm...

  • FJ 2º. 1. Los argumentos impugnatorios que esgrime el demandado son ineficaces frente a los hechos que, debidamente probados en las actuaciones, generan su responsabilidad como administrador conforme al citado precepto. Alega, en resumen, que: cuando la sociedad GILPRIE contrató con la actora la ejecución del muro pantalla, el administrador desconocía que se hallaba incursa en la causa de disolución, y que la situación de la empresa en aquel momento indicaba suficiente solvencia; la relación entre los socios era irreconciliable, por lo que difíclmente podía el administrador convocar una junta general con el fin de disolver la sociedad; para que pueda surgir su responsabilidad como administrador es preciso que la deuda se produjese por su culpa o contribuyese a producirla una actuación...

  • Tribunal Supremo. Cláusulas abusivas: cuestión prejudicial. Propiedad Industrial. Propiedad intelectual. Principios del derecho europeo de los contratos y principios UNIDROIT. Principios del Derecho Europeo de la Responsabilidad Civil. Seguro obligatorio de vehículos. Audiencias Provinciales. Cláusulas abusivas: control en ejecución de laudo arbitral. Defensa de la competencia. Garantías en las ventas de bienes de consumo. Principios del Derecho europeo de los contratos. Propiedad industrial. Propiedad intelectual.

    ... ley de Marcas de 1988, que se refería a España. FJ 3.º: «Pues bien, si la jurisprudencia de est...



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