revision sentencia
- Revisión de sentencia penal
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Revisión de sentencias firmes
... que, de haber sido conocidos, la sentencia que se hubiere dictado sería distinta. Las ...Habrá lugar a la revisión de una sentencia firme: Si después de pronunciada, se recobraren ...
- Sentencia de 8 de julio de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 4434/2016 contra el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, en lo que atañe al Plan Hidrológico del Guadalquivir, declarando la nulidad de algunas de las previsiones normativas impugnadas.
- Anuncio de notificación a Promociones Urresti 2001, SL, del Decreto 2013/0717 de ejecución de sentencia e inicio de expediente de revisión de oficio.
- Sentencia de 3 de junio de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 84/2018 contra el Real Decreto 1073/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de Desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo.
- Sentencia de 12 de marzo de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar en parte el recurso contencioso-administrativo 1/4333/2016, contra el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, en el sentido de anular el artículo 40 del anexo X del Plan Hidrológico de la Demarcación del Río Segura.
- Sentencia de 14 de marzo de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar en parte el recurso 1/4482/2016 contra el Anexo V, disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Tajo del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
- Sentencia de 11 de abril de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar el recurso contencioso-administrativo núm. 4710/2016 contra el artículo 52.3 del Anexo XII del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, y anular el artículo 52.3 del Anexo XII del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, en el extremo en que extiende la reversión de las obras de aprovechamiento e instalaciones electromecánicas de las centrales ubicadas fuera del dominio público, con el carácter de gratuitas, en términos de generalidad y no condicionadas al título concesional.
- Sentencia de 2 de abril de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara, estimar parcialmente el recurso 1/4400/2016 contra el R.D. 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, y, declarar la nulidad del artículo 9.1, 3, 5, 6 y 7, en relación con los apéndices 4.1, 4.2 y 4.3 de la normativa del Plan Hidrológico del Tajo, así como del artículo 10.2, en el inciso '[...] no serán exigibles en el horizonte temporal del presente Plan', y del artículo 19.1, en relación con el apéndice 8.1 y 8.2, por ser contrarios a Derecho.
- Sentencia de 11 de marzo de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo 4351/2016 contra el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, así como la Resolución de 7 de septiembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración ambiental estratégica, y la nulidad del art. 9.1,3, 5, 6, y 7, en relación con los apéndices 4.1, 4.2 y 4.3 de la normativa del PHT, así como el art. 10.2 en el inciso 'no serán exigibles en el horizonte temporal del presente Plan'.
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