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Vías de compensación. II. Personas civilmente responsables. i) El responsable por hecho ajeno y los prestadores de servicios de la sociedad de la información.
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Lesiones.- Desestimatoria.-
Error en la apreciación de la prueba.-
Existencia de grave deformidad o inutilidad.-
Intencionalidad del sujeto activo.- Relación de causalidad.-
Atenuante de arrebato (requisitos).-
Principio de Legalidad en razón de la desproporción de la pena.-
Responsabilidad Civil ex delicto.-
Obligación de constituir seguro en cuanto a una escopeta de caza.-
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Alcance de la responsabilidad civil ex delicto.
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§ 1. El delito de homicidio: Concepto y requisitos para su configuración. § 2. El dolo o animus necandi. § 3. Sujeto pasivo. § 4. Error in personam y aberratio ictus: Influencia en la culpabilidad del agente. § 5. Diferencias entre el homicidio doloso y el homicidio culposo. § 6. Diferencias entre el animus necandi y el animus laedendi. § 7. El delito de homicidio en su modalidad de comisión por omisión. § 8. Algunas cuestiones sobre la responsabilidad civil ex delicto con especial referencia al ámbito asegurador. a) La responsabilidad civil de las aseguradoras por hechos dolosos cometidos con un vehículo a motor. b) El nuevo criterio de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el ámbito de la responsabilidad civil de las aseguradoras por hechos dolosos cometidos con un vehículo a motor ...
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ESTAFA. APROPIACIÓN INDEBIDA. ALZAMIENTO DE BIENES. PRESCRIPCIÓN. DOCUMENTO MERCANTIL. Se reclama contra sentencia que ha absuelto al acusado en instancia de un primer grupo de los delitos de que era acusado, por estimar que el último de los correspondientes hechos se llevó a cabo, la querella fue presentada, la petición de penas efectuada por las acusaciones, respecto a ese primer grupo de delitos, no fue superior a seis años de prisión, y el plazo de prescripción. El concepto de insolvencia no puede separarse de los adjetivos total o parcial, real o ficticia y debe referirse siempre a los casos en que la ocultación de elementos del activo del deudor produce un impedimento para una posible actividad de ejecución de la deuda; en este caso de la responsabilidad civil ex delicto. No se hace lugar al recurso de casación.
☞ Sentencia Favorable a: Condena
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La STS confirma en todos sus extremos la condena dictada en la instancia contra el acusado, quien desde su cargo de jefe administrativo de la empresa para la que trabajaba, entre los años 1992 y 2001, y bajo diferentes fórmulas, fue alterando los libros de contabilidad con finalidad de lucro, defraudando a la empresa en una cifra cercana a los 200.000 euros.
La Defensa contó con tiempo suficiente para practicar la "contrapericial", propuesta como nueva prueba ante la presentada en sede oral por la acusación particular, lo que determinó la suspensión de la vista, no señalándose nueva fecha para su celebración sino seis meses después. La negativa del Tribunal a una segunda suspensión no provocó indefensión a la parte recurrente.
Es correcta la subsunción en la figura del delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con delito continuado de estafa. La devolución de los efectos del delito, embargados por la autoridad competente, para sujetarlos a la eventual responsabilidad civil "ex delicto", es un acto impuesto por la Ley. Para apreciar en tal caso una reparación parcial del daño es necesario que lo devuelto fuera relevante respecto del montante total, lo que no acontece en el presente caso.
No procede apreciar dilaciones indebidas en grado de atenuante muy cualificada: la AP la apreció en grado simple, si bien erró en beneficio del reo en la individualización de la pena.
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Retroactividad expresa o tácita. 2. Por su grado de aplicación. 2.1. Retroactividad en grado máximo o absoluta. 2.2. Retroactividad de grado medio. 2.3. Retroactividad en grado mínimo o atenuada. 3. Por sus efectos para el administrado. 3.1. Retroactividad "in peius". 3.2. Retroactividad "in bonus" o aplicación de la norma más favorable. 3.2.1. Su concepto y fundamentación. 3.2.2. Normas legales retroactivas. 3.2.2.1. "Vacatio legis" y retroactividad. 3.2.2.2. Vacatio versus entrada en vigor. 3.2.3. Alcance de la retroactividad en el Derecho español. 3.2.3.1. Cosa juzgada. 3.2.3.2. Condena cumplida. 3.2.4. Determinación de la Ley más favorable. 3.2.4.1. Supuestos controvertidos. 3.2.4.2. Criterios de determinación: La determinación "in totum" ("en bloque"). 3.2.5. La retroactividad d...
... literal del artículo 2.3 del Código Civil: "Las leyes no tendrán efecto retroactivo si no ... toda posibilidad de exigir responsabilidades por razón de su comisión o, en palabras del Trib... de la responsabilidad civil "ex delicto". . Problema muy discutido es si las normas que r...
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* Acción civil "ex delicto": requiere la previa existencia de sentencia condenatoria dictada en el orden penal. Acción social de responsabilidad del administrador de Sociedad de Responsabilidad Limitada. Prescripción de la acci
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§ 41. la responsabilidad civil derivada de la comisión de un delito. 1. Concepto y naturaleza. a) La responsabilidad civil como reparación del daño causado por el delito. b) Naturaleza civil de la reparación del daño. i. La pretendida naturaleza penal de la responsabilidad civil ex delicto. ii. Carácter civil de la institución. c) Diferencias entre la responsabilidad civil y la responsabilidad penal derivadas de la comisión de un delito. d) Algunas influencias de la responsabilidad civil en la penal. 2. Contenido. a) La restitución. b) La reparación del daño. c) La indemnización de los perjuicios causados. 3. Sujetos civilmente responsables. a) Responsables civiles directos. i. Responsables civiles directos que también lo son penalmente. ii. La responsabilidad civil directa del asegurad...
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Resumen de los hechos - 1. Introducción - 2. Naturaleza de la responsabilidad civil «ex delicto» - 2.1. El escenario anterior a la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores: el concurso de normas como solución a la insolvencia del delincuente juvenil - 2.2. El abandono del plazo anual: el concurso de pretensiones como solución a los problemas de su propia brevedad - 2.2.1. Finalización del proceso penal con condena - 2.2.2. Finalización del proceso penal con sobreseimiento - 3. La extensión de la tesis de los quince años a las acciones entabladas tras el enjuiciamiento ante los Tribunales de Menores - 4. Una confidencia y unas conclusiones - 5. Bibliografía