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La trascendencia de las reformas operadas por Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero (...)
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NOVACIÓN SUBJETIVA POR CAMBIO DE DEUDOR. SUPUESTO DE LA CUESTIÓN. Pretende el recurrente convertir este recurso en una tercera instancia, en donde se revise la valoración de la prueba, pues, aunque parece centrar su impugnación en la valoración de una determinada prueba documental, en realidad lo que hace es cuestionar, sin más, la resultancia probatoria derivada del conjunto de la obrante en autos, que fue la que llevó al tribunal a otorgar a esa copia entidad bastante para, en unión al resto de pruebas, tener por cierta la modificación subjetiva de la obligación preexistente, y la subrogación del demandado en la posición jurídica del primigenio deudor. En primera instancia se estima la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario. Se estima la apelación. Se desestima la casación.
☞ Sentencia Favorable a: Acreedor
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Escrito de cesión de créditos o transmisión de derechos de cobro, que para ser efectiva frente a la Administración deberá la notificación ser fehaciente.
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Ámbito de la subrogación. II. Procedimiento subrogatorio.
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TERCERIA DE DOMINIO contra la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Título del tercerista : Contrato de factoring con la empresa ejecutada.
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FJ 2º El primer motivo del recurso extraordinario por infracción procesal, formulado al amparo del ordinal 2º del art. 469.1 LEC de 2000, se funda en infracción de los arts. 209.4 y 218 en relación con los arts. 416, 420 y 421, todos de la misma ley procesal, por no haberse pronunciado la sentencia recurrida sobre las excepciones propuestas por la parte hoy recurrente al contestar a la demanda y acogidas por la sentencia de primera instancia, por más que ésta entrara a conocer en el fondo de la acción ejercitada y concluyera también que la reclamación era improcedente, de suerte que, según el alegato de este motivo, la sentencia de apelación es incongruente por haber entrado en el fondo del asunto sin examinar previamente la procedencia o improcedencia de tales excepciones.
Así p...
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La cesión del crédito hipotecario: 1.1. Concepto. 1.2. La aplicación de la doctrina general de la cesión de créditos a la cesión del crédito hipotecario. 1.3. La accesoriedad de la hipoteca en la cesión del crédito hipotecario. 2. Distinción de la cesión del crédito hipotecario respecto de otras figuras de transmisión del crédito hipotecario: A) transmisiones de los créditos hipotecarios en virtud de la ley. B) transmisiones de los créditos hipotecarios por adjudicación judicial. C) breve referencia a la subhipoteca. 3. Excepciones a la posibilidad de cesión del crédito hipotecario. 4. Requisitos para la cesión del crédito hipotecario: a) personales. B) formales: a) escritura pública. B) conocimiento del deudor: a') carácter constitutivo o no. B') obligado a la notificación y destina...
... se basa en la indeterminación subjetiva de la titularidad y en la especial vocación de es...
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Presentación. Régimen jurídico: requisitos y formalidades. La cesión de créditos hipotecarios: problemas y obstáculos. Alternativas y soluciones a los obstáculos y problemas planteados.
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Modelo de escritura por la que una Entidad ha realizado oferta vinculante a un particular y se subroga en la hipoteca concedida por otra Entidad, por no haber enervado ésta la subrogación. Doctrina del TS y DGRN.
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CESION DE CREDITO: doctrina jurisprudencial; el cesionario puede reclamar el importe íntegro del crédito, aunque haya pagado menos por él.
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