-
El recurso de apelación - a) El Dictamen del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas y el art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos - b) Facultades del tribunal de apelación en nuestro ordenamiento procesal - c) La apelación plena - d) La apelación limitada - e) El objeto de la apelación en nuestro proceso penal - 2. La inmediación y la valoración de la prueba - a) La inmediación. Referencia a los sistemas anglosajón y continental europeo - b) Inmediación en las dos instancias de la práctica de idéntica prueba. Consecuencias - c) La inmediación y la segunda instancia - d) Análisis del principio de «convicción en conciencia». Requisitos para su correcta formación. - 3. De las denominadas reglas de la prueba a los criterios de la experiencia, de la lógica de...
-
La inmediatez en el proceso penal. Precedentes de la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional nº 167/2002 - a) Planteamiento - b) El juicio oral frente a la actividad investigadora - c) La falta de inmediación ante el tribunal de apelación. Despegue de la evolución jurisprudencial - 2. La doctrina que instaura el Tribunal Constitucional español - a) Fuentes en que se inspira la nueva jurisprudencia del Tribunal Constitucional - b) Planteamiento de la cuestión - c) Antecedentes del supuesto litigioso. Condicionamientos de la resolución - d) Fundamento de la decisión. El aspecto constitucional de la inmediación y la contradicción - 3. El Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo en el análisis de la denuncia por vulneración de la inmediación - a) El Tribunal Constitucional y...
-
ASISTENCIA SANITARIA DEFICIENTE. PÉRDIDA DE UN ÓRGANO VITAL. INDEMNIZACIÓN. PRUEBAS. Se reclama contra la sentencia que estimó el recurso interpuesto contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la reclamación formulada a consecuencia de la que considera deficiente asistencia sanitaria prestada en el Hospital Arnau de Vilanova, que motivó primero la anulación funcional del riñón derecho y luego la extirpación del mismo. La sentencia de instancia realiza una completa valoración de la prueba en atención a la practicada en su seno, que evidencian no una pérdida de oportunidad de conservar el riñón sino una infracción de la "lex artis ad hoc" que este Tribunal no puede atacar sino se la califica y declara como ilógica, arbitraria o carente de lógica. La sentencia recoge la tesis relativa a la omisión de las medidas terapéuticas adecuadas para solventar la complicación a partir de pruebas practicadas en la instancia. La Sala de instancia es la que admite y practica la prueba que estima pertinente y procedente a los efectos de determinar los puntos de hecho controvertidos, haciéndolo con respecto a los principios de contradicción e inmediación, sin que este Tribunal pueda ordinariamente entrar nuevamente a valorar a posteriori las conclusiones que se observan a raíz de una interpretación conjunta y acorde a las reglas de la sana crítica. No se hace lugar al recurso de casación.
-
Cuestiones previas - 2. La cuestión de la oralidad e inmediación en el recurso de apelación - 3. La situación en algunos ordenamientos - 4. La reproducción en la segunda instancia de lo actuado en juicio - 4.1. Breve reflexión sobre la inmediación y el uso de la videoconferencia - 4.2. El registro audiovisual del juicio para su posterior reproducción en la segunda instancia - 5. Segunda instancia, prueba e inmediación - 5.1. Problemas derivados - 5.2. La prueba en segunda instancia en algunos ordenamientos - 6. Conclusiones
-
... del proceso y la proximidad e inmediación de aquéllos respecto de las partes y del objeto l...
-
SUMARIO: I. Breve premisa metódica.-II. Síntesis de la sentencia comentada.-III. Consideraciones críticas en torno a la misma.IV. Doctrina jurisprudencial en torno a los principios de inmediación y contradicción en relación con el derecho a la presunción de inocencia.
-
ELECCIONES SINDICALES. PREAVISO ELECTORAL. CENTROS DE TRABAJO. Se reclama contra la sentencia que estima la demanda interpuesta por el sindicato Comisiones Obreras en la que solicitaba la declaración de nulidad del preaviso de elecciones sindicales para todos los centros de trabajo de Viajes El Corte Inglés de Las Palmas de Gran Canaria presentado por el Sindicato Profesional de Viajes (SPV) para elección de comité de empresa conjunto en los centros de 6 a 10 trabajadores.La cuestión que se debate es la determinación del centro de trabajo, a efectos de la convocatoria de elecciones. La agrupación de centros de entre seis y diez trabajadores para un proceso electoral no es admisible porque: a) La unidad electoral es el centro de trabajo, con las únicas excepciones previstas en la ley; b) Si la ley no exige la existencia de un delegado de personal, con mayor motivo ha de rechazarse la existencia de un comité de empresa que necesariamente habrá de ser ajena al personal del propio centro de trabajo y estar más alejada de su inmediación o intereses singulares, por afectar a pluralidad de centros por toda la provincia y contradice una interpretación sistemática de los arts. 62.1 y 63.2 ET . Si el objetivo inspirador del art. 62.1 [inciso segundo] ET es la «no imposición de la figura del delegado de personal a los trabajadores contra su voluntad», como con reiterada contundencia sostiene el intérprete máximo de la Constitución, con mayor motivo ha de rechazarse la pretensión de imponerles una figura -Comité de Empresa- que necesariamente habrá de ser ajena al personal del propio centro de trabajo y estar más alejada de su inmediación o intereses singulares, por afectar a pluralidad de centros ubicados por toda la provincia. Se desestima el recurso de casación.
-
LESIONES. DELITOS. Y como quiera que en el supuesto enjuiciado no concurren razones para alterar el criterio ordinario de aplicación del subtipo agravado, en favor de las "modulaciones" a las que dicho Acuerdo se refiere, pues es innegable que no nos hallamos ante un supuesto de "menor entidad" en esta ocasión, en la que la pérdida dental se refiere a tres piezas, ubicadas además en la parte frontal y más visible del rostro del lesionado, afectando lógicamente también a su habla, resulta obvio lo acertado de la calificación efectuada por el Tribunal "a quo", que contó a su vez con la privilegiada posición que la inmediación le otorga para valorar directamente la trascendencia estética del ilícito. En primera instancia se condena al acusado. Se desestima la casación.
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal, Recurrido
-
I. El Doctor en Derecho y Abogado, Jaume Suau Morey, con dilatada experiencia profesional en múltiples foros, viene prestando atención a...
-
MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS. DENUNCIA FALSA. La estructura racional del discurso valorativo puede ser revisada en casación, debiendo censurarse aquellas fundamentaciones que resulten ilógicas, irracionales, absurdas o, en definitiva arbitrarias, o bien que sean contradictorias con los principios constitucionales. En primera instancia se condena. Se desestima casación.
... condiciones de oralidad, publicidad, inmediación y contradicción y comprobando también que en la ...
☞ Sentencia Favorable a: Condena