Iniciativas Sedox

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14 documentos para Iniciativas Sedox
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    FJ 2º La parte actora, solicita que en base a la incapacidad permanente total del trabajador, y en relación con el Convenio Colectivo de aplicación, se le reconozca el derecho al actor a percibir la cantidad de 6.010 euros más el interés legal de dinero. La empresa demandada Iniciativas Sedox, S.L, se opone indicando que le corresponde el pago a la compañía de seguros demandada Allianz, dado que tenia cubierto el riesgo de incapacidad permanente total. Allianz se opone, indicando que el riesgo en la fecha del accidente no estaba cubierto, y lo único que estaba cubierto era invalidez permanente absoluta por cualquier causa. Conforme el art. 26 del Convenio Colectivo del Comercio de la Alimentación de la Comunidad de Madrid, aplicable al presente caso, establece "Las empresas vendrá...

  • FJ 2º : Es doctrina consolidada que, tratándose de un hecho de la circulación en el que resultan daños materiales y resultan implicados dos o más vehículos en marcha, no opera en favor de ninguna de las partes la inversión de la carga de la prueba, debiendo el actor acreditar los hechos básicos de su pretensión conforme a las reglas generales de distribución de la carga de la prueba del artículo 217 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y, entre ellos, como esencial, la culpa o negligencia determinante de la obligación de los demandados de reparar el daño causados (artículo 1.902 del Código Civil ). Reexaminando la actividad probatoria desarrollada en el presente juicio, este Tribunal debe compartir el criterio mantenido por el Juzgador "a quo", de que no exis...

    ... SOLEDAD RUIZ BULLIDO, y como apelado INICIATIVAS SEDOX SL, y ALLIANZ, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEG...

  • ...62205 - INICIATIVAS GRANSDEN SL(2008). 62206 - INMOBILIARIA FERNANDEZ ...62416 - INICIATIVAS SEDOX SL(2009). 62417 - INMOBILIARIA ICA Y SOLETANCHE SA...

  • FJ 2º En la primera de las alegaciones de su recurso afirma la apelante que la Juzgadora de instancia yerra, en primer lugar, cuando dice en su sentencia que la demandada no ha acreditado la existencia de la obligación de realizar abonos como se desprende del mismo documento nº 2 aportado por la demandada en la audiencia previa que no es otra cosa que un reconocimiento de deuda por importe de 251,22 euros que la actora no descontó de su reclamación, y en segundo lugar, cuando admite como entregada la mercancía descrita en los albaranes 33, 38, 45, 51, 60 y 77 que no están firmados por ningún trabajador de su empresa. En la segunda que igualmente yerra cuando concede credibilidad a un testigo que trabaja para la actora. El recurso debe ser rechazado. La apelante como opone la apelada s...

    ...Contra: INICIATIVAS SEDOX SL. Procurador: LUIS GARCIA BARRENECHEA. Pon...

  • FJ 2º La sentencia recurrida nº 172/08 de 17 de septiembre de 2008 del Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid, dictada en el juicio ordinario nº 1716/07, fue estimatoria de la pretensión rectora de autos. La causa de oposición a la demanda relativa a los descuentos comerciales pretextados por la demandada- apelante fue rechazada puesto que conforme a lo razonado en el fundamento de derecho tercero de dicha resolución, no consta que la deuda litigiosa estuviera afectada por más descuentos que los reconocidos por la actora en la demanda por importe de 651,76 #. En resumen, el suministro de mercancías no se discute que se haya realizado, y puesto que a la parte deudora corresponde la carga de la prueba del pago reclamado, y de los descuentos pretextados por ell...

    ...Apelado y demandante: INICIATIVAS SEDOX, S.L. PROCURADOR: D.LUIS GARCIA BARRENECHEA....

  • FJ 2º Ya por el 191 b) de la L.P.L. se pretende la revisión del hecho probado cuarto de la sentencia proponiendo una redacción alternativa que no podemos admitir. La Ley encomienda la fijación de los hechos probados al Juez "a quo" (art. 97-2 L.P.L.) en coherencia con la circunstancia de que ante él se practican las pruebas y que en él se residencian competencias heurísticas para indagar la verdad material sin sujeción o con sujeción relativa a la actividad de las partes (art. 88, 92.1, 93.2, 95, etc. L.P.L.). El Recurso de Suplicación no es por ello una segunda instancia sino un recurso extraordinario de cognitio limitada, lo que se manifiesta especialmente en materia probatoria pues sólo puede combatirse el relato fáctico de la sentencia "a la vista de las pruebas documentales y ...

    ...Recurrente/s: Rubén. Recurrido/s: INICIATIVAS SEDOX SL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL...

  • FJ 2º Tales alegaciones deben ser desestimadas en función de los mismos razonamientos que recoge la sentencia impugnada, y en atención esencialmente al principio de la carga de la prueba ex art. 217 de la LEC, poniendo de manifiesto la apelante unos datos relativos a los documentos aportados de los que extrae la existencia del pacto de descuento aludido y el abono parcial de facturas, pero sin embargo del examen de tales documentos no se puede llegar a esa conclusión tratándose de documentos que en algún caso son ilegibles o con errores en cuanto a sus fechas no subsanados o adverados debidamente en el juicio, y que no permiten estimar o deducir la alegación de pago parcial en la que el apelante sustenta su recurso, máxime si se tiene en cuenta que por contra se acredita el suministro ...

    ...Apelado/s: INICIATIVAS SEDOX SL. Procurador: LUIS JOSE GARCIA BARRENECHEA...

  • FJ 2º Se impugna también la sentencia de instancia por aplicación indebida de la figura de la asunción de deudas, lo cierto es que no se ha aplicado indebidamente dicha figura, por cuanto que ha quedado probado en autos que los cheques se emitieron por la demandada en un único acto, y está reconocido incluso por ella que fue para el pago de la deuda de la sociedad Las Tres Jotas Deli, S.A., no se ha acreditado tampoco que la cuenta contra la que se libraron los cheques correspondiera a la sociedad y no correspondiera a la persona física objeto de demanda, y tampoco puede negarse que en el momento de libramiento de los cheques en cuestión, la demandada no era administradora de dicha sociedad sino simplemente apoderada de la misma sin que frente a lo que se sostiene por en el recurso de ...

    ...APELADO: INICIATIVAS SEDOX S.L. PROCURADOR: LUIS GARCIA BARRENECHEA. En...

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    FJ 2º Estimándose que los hechos relatados en el apartado de hechos probados de la sentencia que es objeto del recurso de apelación que ahora se ventila aparecen debidamente acreditados por los elementos probatorios obtenidos en el acto del juicio oral, sin que se aprecie motivo alguno para declarar que ha incurrido en omisión esencial o error en la valoración de dichas pruebas y estando ajustadas a Derecho la calificación que de los mencionados hechos declarados probados se hace, así como de los demás fundamentos del Fallo, procede rechazar el recurso interpuesto, confirmando la resolución apelada en todas sus partes. Efectivamente, en contra de los razonamientos expuestos por los recurrentes, cabe poner de manifiesto que en el acto del Juicio Oral, tras negar los acusados lo...

    ... M-6457-ZH, propiedad de la mercantil INICIATIVAS SEDOX S.L., cuyo conductor . Octavio había dejad...

  • FJ 2º No ha lugar al recurso. Y no procede por una cuestión de seguridad jurídica. Con reconocer al recurrente la parte de razón que habría de asistirle - porque no se trata de ningún disparate indemnizar o resarcir por el periodo de tiempo que estuvo de baja laboral porque, precisamente, durante tal periodo no pudo llevar a cabo la actividad ordinaria a través de la cual habría de subvenir al desenvolvimiento de su vida cotidiana, con la proyección que tal estado habría de generar de cara a la obtención de ingresos - no puede acogerse el recurso porque una cosa es el concepto de sanidad emitido por el Médico Forense - que es de 74 días impeditivos - que se obtiene a partir del momento en que una lesión ha alcanzado el límite de mejoría posible de modo que, para el caso ...

    ... Civil Directa de la empresa Iniciativas Sedox,S.L." . SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se ...



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