Protección de los derechos de autor
- Práctico Administrativo General por:
- Práctico Urbanismo por:
- Requisitos de escisión de una sociedad limitada
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STS 1125/2003, 26 de Noviembre de 2003
PROPIEDAD INTELECTUAL. PLAGIO. Por plagio hay que entender, en su acepción más simplista, todo aquello que supone copiar obras ajenas en lo sustancial. Se presenta más bien como una actividad material mecanizada y muy poco intelectual y menos creativa, carente de toda originalidad y de concurrencia de genio o talento humano, aunque aporte cierta manifestación de ingenio. Las situaciones que...
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STS 845/2007, 6 de Julio de 2007
OBRAS AUDIOVISUALES. DERECHOS. DIFUSIÓN SECUNDARIA. Se impugna que autoriza la retransmisión de obras. El derecho de autorizar la difusión secundaria entre ellas las cinematográficas, y grabaciones audiovisuales contenidas en los programas que comunica, es un derecho exclusivo de los productores audiovisuales. La protección y gestión de tales derechos viene atribuida en el momento presente con...
- Modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Ana Gimeno
- Directiva 2014/26/UE, de 26 de febrero de 2014, relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior. Javier Martínez de Aguirre
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Algunas reflexiones a propósito de la Directiva 2011/77/UE
La Directiva 2011/77/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2011, por la que se modifica la Directiva 2006/116/CE, relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines, introduce novedades en tres frentes: la duración de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes cuando sus actuaciones se fijen en un fonograma; la duración de