FJ 2º del auto recurrido de 13 de mayo de 2009, y no "fundamento" segundo, como exige el artículo 248.2 de la LOPJ .
Por su parte, el auto desestimatorio de la suplica posterior, se limita a transcribir de modo literal y completo el auto anterior impugnado de 13 de mayo, sin añadir ninguna consideración adicional.
SEGUNDO .- Los dos motivos sobre los que se sustenta el recurso de casación, interpuesto por el Abogado del Estado, se aducen por el cauce procesal que diseña el artículo 88.1.d) de nuestra Ley Jurisdiccional .
En el primero se denuncia la infracción de los artículos 9.1 y 24.1 de la CE, 1, 25 y 69.c) de la LJCA,
52.1 y 107.3 de la Ley 30/1992, 70 de la LBRL, y 1113, 1114 y 4.1 del Código Civil, así como de la jurisprudencia dictada en su aplicación. Y, en el segundo, se...
... el Plan Parcial del Sector industrial "El Corcot" en el término municipal de Canals (Valencia). SE...
OBRAS DE ARTES. REINTEGRO DE OBRAS. Se presenta demanda peticionando se ordene al demandado a reintegrar al Sr. Luis Pedro pintor de fama mundial reconocida, las siguientes obras que entregó al Sr. Mauricio para las exposiciones. La sentencia que se recurre decretó de oficio la nulidad del contrato de edición, con los efectos previstos en los artículos 1303 y 1307 del Código Civil, toda vez que se había celebrado en forma verbal, ya que el artículo 60 de la Ley de 11 de noviembre de 1987 se presenta exigente al imponer que dicha relación deberá formalizarse por escrito, con expresión de las particularidades que el precepto enumera, por lo que, cuando no se cumple este requisito, el artículo 61 de la referida Ley es bien explicativo y tajante, al decretar que "será nulo el contrato no formalizado por escrito": Estos artículos se reproducen en la Ley vigente de Propiedad Intelectual de 12 de abril de 1996. Se trata en todo caso de proteger a los autores, a los que les asiste el derecho de decir su verdad artística y también el derecho de exteriorizarla y anunciarla a los demás (Sentencia de 3 de junio de 1991) y esta actividad creadora está asistida de los necesarios derechos para su protección más adecuada, derechos unos de contenido patrimonial y otros, los más importantes, de orden personal y moral y así el artículo 14 de la Ley 22/1987 expresamente los recoge y entre ellos el de decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma. Instancia estima la demanda. La alzada desestima el recurso de apelación. Se desestima el recurso de casación.
... "Men Hirot", "Serratina", "Arbre de Corcot", "Bec de Falat" y "Ibre del Cau" de valor cada un...
☞ Sentencia Favorable a: Trabajador