MODIFICACIÓN COLECTIVA DE LAS CONDICIONES LABORALES. REDUCCIÓN DE JORNADA LABORAL. El presente recurso tiene por objeto determinar cual sea el procedimiento adecuado para resolver sobre la procedencia de una reducción de jornada, acordada al amparo del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, tras oírse a los representantes de los trabajadores.La sentencia recurrida contempla el caso de una empresa de limpieza que tenía adjudicada la limpieza de siete centros comerciales de una compañía de grandes almacenes. En uno de esos centros comerciales prestaba sus servicios la actora de 9 a 15 horas. Pero, como la empresa principal redujo la contrata minorando el alcance y tareas a realizar con eliminación de tareas y reducción de frecuencias, la empresa de limpieza inició los trámites de modificación colectiva de las condiciones laborales de los empleados en los siete centros comerciales, negoció con la representación legal de los trabajadores afectados y, concluido el periodo de consultas sin acuerdo, comunicó a la actora por escrito todo lo antes relatado y que por las circunstancias organizativas y de producción descritas su jornada laboral sería de 9 a 14'25 horas de lunes a sábado, lo que suponía una reducción de su jornada laboral. La trabajadora accionó por modificación unilateral del contrato y conversión del mismo en otro a tiempo parcial, pretensión que le denegó la sentencia de instancia sin entrar a conocer del fondo del asunto, al estimar que el procedimiento seguido no era el adecuado y que se debía haber seguido el del artículo 138 de la Ley de Procedimiento Laboral. Este pronunciamiento fue confirmado en suplicación. Se desestima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la trabajadora.
... a instancias de DOÑA Marí Luz contra EULEN, S.A. sobre RECLAMACIÓN DE DERECHO Y CANTIDAD. Ha... dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Provincial para las empresas de limpieza...