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FJ 2º: En los motivos segundo y tercero, plantea cuestiones que para su resolución ha de aplicarse un denominador común, por ser nuevas por no propuestas en la instancia; efectivamente, la incongruencia alegada, la refiere a que a consecuencia de una ampliación de la demanda en el acto del juicio, reclamando un período ulterior de retribución al ser estimado, ha determinado una condena a cantidad superior a la inicialmente pedida, situación protegida por el mismo artículo 76 de la Ley Procesal Laboral que conjuntamente con el artículo 359 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se cita en el motivo, ya que dicha norma permite la ampliación de la demanda, a la que la parte pudo oponer las excepciones oportunas, sin que conste que así lo hiciese respecto de dicho pedimento, y an...
...según convenio colectivo. En la villa de Madrid, a once de febrer... las que fija el convenio colectivo de Guarderías y Jardines de Infancia del sector privado ("Bolet...
...blicos garantizar la protección a los colectivos más vulnerables socialmente ante las drogas, vela... enmienda por el Protocolo de 1972 , el Convenio sobre sustancias psicotrópicas de 1971 y la Conv... artículo 33 sobre la protección de la infancia en el uso indebido de estupefacientes y sustancias..., no se permitirá fumar: a) En las guarderías infantiles y centros de atención social destinado... de la prohibición de fumar en: - Los jardines de infancia y centros de atención social destinad...
FJ 2º: En los motivos segundo y tercero, plantea cuestiones que para su resolución ha de aplicarse un denominador común, por ser nuevas por no propuestas en la instancia; efectivamente, la incongruencia alegada, la refiere a que a consecuencia de una ampliación de la demanda en el acto del juicio, reclamando un período ulterior de retribución al ser estimado, ha determinado una condena a cantidad superior a la inicialmente pedida, situación protegida por el mismo artículo 76 de la Ley Procesal Laboral que conjuntamente con el artículo 359 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se cita en el motivo, ya que dicha norma permite la ampliación de la demanda, a la que la parte pudo oponer las excepciones oportunas, sin que conste que así lo hiciese respecto de dicho pedimento, y ante el q...
...según convenio colectivo. En la villa de Madrid, a once de febrer... las que fija el convenio colectivo de Guarderías y Jardines de Infancia del sector privado («Bolet...
FJ 2º :-Sobre la cuestión planteada, es cierto que el Tribunal Supremo en sentencia de 29 de mayo de 1990, establece que: " La peculiar condición jurídica del socio-trabajador justifica la estimación del carácter mixto de su status jurídico, en cuanto se asienta sobre una relación societaria y al mismo tiempo se manifiesta en la prestación de una actividad de trabajo, con tratamiento jurídico-laboral en no pocos aspectos. En este sentido ya se afirma en la sentencia de la Sala de 19 de mayo de 1987, que, sin desconocer dicho carácter societario, "incorpora esa asociación para trabajar un esquema organizado, dotado para su buen funcionamiento de una cierta jerarquización, teniendo como uno de sus fines que el trabajo sea adecuadamente compensado, lo que son, entre otras, notas comune...
...TERCERO.- El V Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sosten... las que fija el convenio colectivo de Guarderías y Jardines de Infancia del sector privado ("Bolet...
..., con derecho a que se le aplique el I Convenio Colectivo de Personal Laboral del Ayuntamiento de ... de Técnico superior en Jardín de Infancia, Grupo Profesional B, Nivel 18 y Complemento espec... afectados por este Convenio las Guarderías Infantiles y los Jardines de Infancia privados que...
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