FJ 2º de los hechos probados, en relación con el convenio colectivo aplicable, el hecho probado tercero, en relación con la categoría profesional de la actora, el hecho probado cuarto, respecto de la jornada y horario realizado y en particular las horas extraordinarias, el hecho probado quinto, en relación asimismo con el total de horas extraordinarias realizadas, y finalmente el hecho probado undécimo, respecto del salario real en la fecha del despido, y se denuncia la infracción del art. 3 del Estatuto de los Trabajadores, en relación con la sentencia del Tribunal Supremo de 10 de julio de 2000 y la de 1 de junio de 2000, sobre el convenio colectivo aplicable para determinar el salario computable a los efectos debatidos; y en segundo lugar el artículo 26 del Estatuto de los Trabajador...
... publicidad (código de Convenio número 9904225, BOE de 20 de febrero de 2002 ), suscrito con fech...