contrato de arrendamiento rustico
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Introducción. - II. Causas de terminación del arrendamiento: - 1. Pérdida física y expropiación forzosa de la finca. - 2. Vencimiento del plazo. - 3. Por mutuo acuerdo de las partes. - 4. Por desistimiento unilateral del arrendatario. - 5. Muerte del arrendatario. - 6. Extinción de la persona jurídica o la comunidad. - 7. Por resolución del derecho del arrendador. - 8. Por resolución y rescisión del contrato.- III. Causas de resolución del arrendamiento: - 1. Falta de pago de la renta y de las cantidades asimiladas a la misma. - 2. Incumplir obligaciones de mejora o transformación. - 3. no explotar la finca o destinarla a fines o aprovechamientos distintos a los previstos contractualmente. - 4. Subarriendo o cesión indebid...
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... De las obligaciones y contratos TÍTULO I. De las obligaciones ... Del contrato de arrendamiento CAPÍTULO I. Disposiciones gen... para los arrendamientos de predios rústicos SECCIÓN 4ª. Disposic...
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ARRENDAMIENTO RÚSTICO HISTÓRICO. El contrato vigente es el último de los aportados por el demandante, el de fecha 1 de octubre de 1976, en el que no se hace alusión a que suponga prórroga del celebrado el 1 de octubre de 1964 u otro anterior. En el párrafo segundo del artículo 1º de la Ley de Arrendamientos Rústicos Históricos se prevé que no se perderá la consideración de tal, que podrá acreditarse por cualquiera de los medios de prueba admitidos en derecho, por el hecho de que las partes hayan establecido algún pacto que modifique la renta u otros elementos del contrato primitivo, siempre que se mantenga constante el arrendamiento sobre todas o parte de las fincas primitivamente arrendadas. En el presente caso no se está ante dicho supuesto, pues el contrato vigente, al que se ha hecho referencia, implica la extinción de la relación locaticia anterior. En el contrato suscrito por el demandante no se hace referencia a ninguno anterior del que fuera continuador, sino que se establece la regulación que ha de seguir la relación arrendaticia, señalando el plazo de duración del contrato y se pacta la renta contractual y su forma de pago. Se estima la casación.
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
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POSESION. DESPOJO. Siguiendo por ello ese criterio tiene que entenderse que, con independencia de la relación que puede asistir entre las partes, es decir la calificación jurídica de la misma, contrato de arrendamiento rústico parciario o contrato de aparcería, su vigencia correcta o correcta resolución, con o sin conocimiento y consentimiento de todas las partes y la posibilidad de los perjuicios causados a una de ellas como consecuencia de la actuación de la otra, lo que tiene que resolverse es el éxito o rechazo de dicha protección posesoria frente a los actos de la parte demandada perturbadores de dicha posesión pretendida por el actor en cuanto a su protección, debiendo concluirse el sentido de que concurren los requisitos exigidos para el éxito de la acción protectora de la posesión, tal y como se expone en el tercer fundamento de derecho de la sentencia recurrida. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Poseedor
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... Base liquidable de los bienes inmuebles rústicos DÉCIMA. Procedimientos en tramitació... momento de suscribir el correspondiente contrato, póliza o documento mercantil en el que se soport... de obras de mantenimiento y de arrendamiento de equipos no habituales de las entidades locales,...