consumacion delito

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18 voces del tesauro para consumacion delito (ver todas)
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  • La consumación en el delito tributario - A) Consumación en los supuestos de liquidación ordinaria - B) Consumación en la autoliquidación - II. Problemática de la tentativa en el delito tributario - A) La tentativa en la modalidad de elusión del pago de tributos. - B) La tentativa en la modalidad de obtención indebida de devoluciones y en el disfrute indebido de beneficios fiscales

  • Determinaciones previas. La distinción entre tentativa acabada e inacabada y su relación con el desistimiento. 1. Teoría del plan del autor. 2. Teoría de los actos aislados. 3. Teoría de la contemplación global. -II. Los requisitos del desistimiento según el grado de realización de la tentativa. 1. El desistimiento en la tentativa inacabada. 2. El desistimiento en la tentativa acabada. -III. La imputación objetiva de la evitación del resultado. 1. Cuestiones preliminares. 2. Requisitos de la imputación objetiva. 2.1. Teorías de la causalidad. 2.2. Teoría del incremento de la probabilidad de salvación. 2.3. Teoría de la realización de la acción óptima. 2.4. Teo...

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    DELITO DE HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA. DELITO DE LESIONES. Se reclama contra la sentencia que condena al acusado como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, con la agravante de parentesco y de abuso de superioridad. El acusado, tras apuñalar a su víctima, de manera que objetivamente se puso en riesgo la vida de la víctima y subjetivamente se buscaba privarla de ella, la dejó "tumbada en el suelo del dormitorio, ensangrentada y sin poder moverse". Durante horas, pese a facilitarle agua, no solicitó ayuda limitándose a requerirla para que ella no gritara. En tal situación la víctima habría llegado a morirse. Pasadas varias horas, el acusado decide cambiar de actitud y pone en marcha un procedimiento dirigido a interrumpir el proceso que estaba llevando a la muerte a su víctima. Para ello comienza por facilitarle un terminal telefónico desde el cual la víctima solicitó la ayuda de terceros -compañeros de trabajo, policía y servicios médicos- y, una vez activados, el acusado franqueó el acceso a la vivienda de aquellos, que lograron conjurar el riesgo de muerte con la asistencia médica que llevó a la curación de la víctima. El acusado evitó voluntariamente que la víctima falleciera y con ello la consumación del delito de homicidio. Resultó entonces consumado el delito de lesiones previsto en el artículo 150 del Código Penal. Se hace lugar parcialmente a los recursos de casación.

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    HOMICIDIO INTENTADO. RESPONSABILIDAD PENAL. DESISTIMIENTO. EXCENCIÓN DE LA PENA. El artículo 16.2 del Código Penal establece que quedará exento de responsabilidad penal por el delito intentado quien evite voluntariamente la consumación del delito, bien desistiendo de la ejecución ya iniciada, bien impidiendo la producción del resultado, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por los actos ejecutados, si éstos fueren ya constitutivos de otro delito o falta. En esta ocasión, el autor del hecho, con una indudable intención de acabar con la vida de su víctima, "animus naecandi" cuya concurrencia expresamente se afirma en el relato de hechos y que por nadie se discute, pretende seccionar el cuello de Trinidad, sin que llegue a producirse ese corte porque la mujer, instintivamente, agacha su cabeza, resultando lesionada en el mentón. Lo descrito integra todos los elementos del intento de homicidio no ofrece, por consiguiente, duda alguna, pero ello lógicamente no es óbice para la aplicación del precepto transcrito toda vez que el mismo se refiere, precisamente, a la exención de responsabilidad para quien fuere autor de un "delito intentado". Para perseguir con nuestro razonamiento ha de ponerse de relieve que tales requisitos de la figura del "desistimiento" son los siguientes: a) Que nos hallemos ante la comisión de un delito en grado de tentativa, cualquiera que fuere el grado de ejecución alcanzado, siempre que el mismo, obviamente, no hubiere llegado a consumarse; b) Que dicha ausencia de consumación se debiera a una actuación llevada a cabo por el propio autor del delito, no de la víctima o de terceros; c) Que esa actuación consista bien en un comportamiento pasivo, como el mero "desistimiento de la ejecución ya iniciada", o activo, "impidiendo la producción del resultado"; d) Que semejante comportamiento del autor sea completamente voluntario y no influido o condicionado por causas ajenas a su voluntad libre.

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    ...4. Los condenados por cualquier delito que haga suponer fundadamente que no desempeñará..., o falsedad de la causa, desde la consumación del contrato. Cuando la acción se refiere a los c...

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    DELITO CONTRA LA SALUD PUBLICA. TENTATIVA. Es altamente clarificadora la nº 919 de 4-10-2006 de esta Sala en la que se establece que la tentativa "no es posible en esos otros supuestos en que ha habido un acuerdo previo sobre el envío de la mercancía entre los remitentes y los destinatarios, lo que siempre ocurre cuando la droga viene del extranjero, pues no cabe imaginar que tan preciada sustancia se remita a quien no va a pagar un precio por ella, bien por sí mismo o por su último destinatario. El hecho mismo del transporte de la droga ya encaja en el tipo consumado del artículo 368 , en cuanto constituye un acercamiento de la sustancia prohibida del productor al consumidor, algo que en definitiva favorece el consumo ilegal. Así pues, ya había quedado consumado el hecho delictivo antes de que se produjera la recogida del paquete de la oficina de correos por parte de quien aparecía como destinatario del envío. La entrega de éste no sirvió para la consumación del delito que ya lo estaba desde entonces, sino sólo para identificar a alguien que formaba parte del grupo de quienes ya habían manifestado su acuerdo con la remisión de la cocaína". En primera instancia se condena al acusado. Se desestima la casación.

    ☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal

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    DELITO DE COACCIONES. CONSUMACIÓN. TIPO PENAL. LIBERTAD DE ACCIÓN. La coacción iba dirigida a doblegar la voluntad de las autoridades del centro penitenciario para conseguir de éstas unas determinadas decisiones que no se produjeron, y para esclarecer la distinción, a la que se ha hecho antes referencia, entre consumación y agotamiento del delito, es oportuno significar que esta conducta delictiva se consuma cuando el sujeto pasivo hace aquello a lo que se le compele u omite aquello que se le impide, y el agotamiento consistiría en que el sujeto activo consiga sus últimos objetivos cuando impide hacer o compele a efectuar. Y como consta en el relato fáctico de la sentencia recurrida, no se produjo en el sujeto pasivo, en este caso el Director del Centro Penitenciario, ninguna modificación del mundo exterior, ningún efecto diferenciado de la acción coactiva y separable de ella espacio-temporalmente, salvo su interrupción en cuanto dicho Director quitó al acusado el objeto que portaba y le inmovilizó con ayuda de otros funcionarios.

  • § 1. Párrafo 1: Concepto, acción típica y consumación. § 1.1. Elemento subjetivo. § 1.2. Bien jurídico protegido. § 1.3. Penalidad. § 1.4. Distinción entre el delito y la falta de amenazas. § 2. Párrafo 2: Amenazas no condicionales.

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    CSP: Prueba de cargo correctamente valorada. Tipidad de la acción y consumación: delito de mera actividad. Individualización de la pena: ausencia de motivación suficiente. Comiso del dinero: improcedencia por no constar en la causa la intervención de dinero alguno.

  • Delimitación del objeto de estudio. -II. Fundamento de la punición de la tentativa de delito. 1. Teorías objetivas. 2. Teorías subjetivas. 3. Teorías mixtas. 4. Consideraciones personales sobre el fundamento de la tentativa. -III. Regulación legal de la tentativa de delito. -IV. Elementos de la tentativa de delito. 1. Elemento subjetivo de la tentativa de delito. 2. Elementos objetivos de la tentativa de delito. 2.1. El comienzo de la ejecución del tipo. 2.1.1. Teorías objetivo-formales. 2.1.2. Teorías objetivo-materiales. 2.1.3. Teorías subjetivas. 2.1.4. Teorías mixtas. 2.1.5. Toma de postura. 2.2. Realización total o parcial de los actos ejecutivos. 2.3. La no consumación del delito por caus...



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