Conclusiones definitivas

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2 voces del tesauro para Conclusiones definitivas
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    COMPETENCIA. DELITO DE ESTAFA. PERPETUATIO IURISDICTIONIS. El Banco Santander Central Hispano S.A. procedió a formular acusación por la comisión de un delito de estafa en el que concurría la circunstancia prevista en el apartado 3º, del artículo 250 del CP., de realizar el hecho "mediante cheque pagaré, letra de cambio en blanco o negocio jurídico ficticio". Dicho tipo penal establece un marco de imposición de pena de un año a seis años de prisión. Dicha acusación solicitó como órgano de enjuiciamiento al Juzgado de lo Penal. Recibida las actuaciones por el Juzgado de lo Penal de Tortosa, acordó la devolución de la causa al Juzgado de Instrucción nº 2 de Tortosa, al no ser competente en atención a que las penas atribuidas al delito objeto de acusación determinaban la competencia de la Audiencia Provincial de Tarragona. La cuestión planteada por la Audiencia Provincial nos remite a determinar si las modificaciones legislativas que se puedan producir en el Código Penal cuando un asunto se encuentra pendiente de señalamiento, o, ya determinada la fecha del juicio y antes de su celebración, puede alterar la competencia para enjuiciar asuntos de carácter penal, debiendo partirse de la premisa de que tal competencia para enjuiciar ya ha sido aceptada por dichos órganos, en atención a las normas legales imperantes en el momento de recibir las acusaciones. El artículo 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone que salvo que se establezca otra cosa en las disposiciones de legales de derecho transitorio, los asuntos se sustanciarán siempre con arreglo a las normas procesales vigentes, que nunca serán retroactivas. En el ámbito procesal penal, rige la "perpetuatio iurisdictionis", al menos, tras el auto de apertura del juicio oral que, en el procedimiento abreviado, determina formalmente el órgano que competente para el enjuiciamiento. El mismo criterio inspira el artículo 788.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , y el artículo 48.3 de la Ley Orgánica del Tribunal del J...

    ... que dispone que "Aun cuando en sus conclusiones definitivas las partes calificasen los hechos como...

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    Estafa. Engaño bastante. Diferencia con negocios civiles incumplidos. Dolo antecedente. Compatibilidad. Delito continuada y estafa agravada, art. 250.1.6. Atenuante confesión no alegada en conclusiones definitivas. Posibilidad de análisis. No concurre. Predeterminacion del fallo. No se aprecia las expresiones utilizadas concretan el mecanismo defraudatorio empleado. Error en la apreciación prueba. Los documentos no acreditan error en el Juzgador. Presunción inocencia. Prueba indiciaria. Coautoría. Dominio funcional del hecho. Intervención posterior al engaño. Falta claridad hechos probados. Complementación Fundamentos Jurídicos. Doctrina de la Sala.

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    DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA. DELITO DE ADMINISTRACIÓN DESLEAL. PRINCIPIO ACUSATORIO. El hecho por el cual era acusado el recurrente no ha quedado acreditado, por lo que se debe concluir que se le ha condenado por un hecho distinto que no estaba incluido, ni en las conclusiones provisionales de la acusación particular, única parte acusatoria en dicho momento procesal, ni en las definitivas de dicha parte y del Ministerio Fiscal, por lo que se ha vulnerado el principio acusatorio. En primera instancia se condena al acusado, como autor responsable de un delito continuado de apropiación indebida, con costas. Se declara haber lugar al recurso de casación, interpuesto por el acusado, por infracción de precepto constitucional, con declaración de oficio de las costas. Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto por la Acusación Particular sociedad cooperativa, con costas. En la segunda sentencia, se condena al acusado, como autor responsable de un delito de apropiación indebida en concurso normativo con un delito de administración desleal a la pena de 1 año prisión, pago de costas.

    ☞ Sentencia Favorable a: Acusado, Ministerio Fiscal

  • Finalizada la actividad probatoria , el Presid...

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    ... y rectificación de las listas definitivas. 1. Ultimada la lista definitiva por cada provinci... juicio oral, formulando escrito de conclusiones provisionales. Lo mismo mandará el Juez cuando es...

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    DELITO CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES. VOLUNTAD IMPUGNATIVA. MULTA: Se rebaja en un grado de la extensión de la multa. Esta operación se efectuó por el Tribunal en relación a la pena de prisión pero aludió efectuarlo en relación con la pena de multa, también prevista. Además, la impuso en cuantía superior a la solicitada por el Ministerio Fiscal que quedó fijada en las conclusiones definitivas en tres meses. En primera instancia se condena al acusado. Se estima la casación.

    ☞ Sentencia Favorable a: Recurrente

  • Comisión de investigación en el Congreso sobre el 11-M. Conclusiones definitivas. La Comisión del 11-M espera coincidir en un 90% de sus recomendaciones sobre seguridad

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    DELITO DE AGRESIÓN SEXUAL. AGRAVANTE. Las eximentes y atenuantes han de estar tan acreditadas por la defensa como las acusaciones deben probar el hecho delictivo principal y sus circunstancias agravantes y cualificantes.Toda sentencia penal ha de resolver sobre las conclusiones definitivas de las partes y no sobre las provisionales. Se condena al acusado.Se estima el recurso de casación.

    ☞ Sentencia Favorable a: Acusado

  • 48. MODIFICACIÓN DE LAS CONCLUSIONES PROVISIONALES Y CONCLUSIONES DEFINITIVAS 1. Concluida la práctica de la prueba, las partes podrán ...

  • Terminada la práctica de la prueba, se inicia el trámite de conclusiones definitivas...

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