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COMPRAVENTA. ARRAS PENITENCIALES. INCUMPLIMIENTO. Así las cosas, habiendo entregado la demandante la cantidad de 9.015 euros en concepto de arras penitenciales, en los términos previstos en el artículo 1454 del Código Civil ; y no habiéndose llegado a celebrar el contrato de compraventa por causa imputable a la vendedora, que no permitió el otorgamiento de la escritura pública en el plazo estipulado de 90 días, es claro que procede estimar la demanda en su integridad, condenando a la demandada a devolver a la compradora las arras duplicadas, según dispone el precepto citado, con independencia de que la vendedora sólo recibiese de la agencia inmobiliaria una parte(3.005,06 euros) de lo abonado por la compradora, una vez deducido el importe de los honorarios de la agencia; todo ello sin perjuicio de las acciones que en su caso pueden corresponder a la vendedora frente a la repetida agencia inmobiliaria. En primera instancia se estima parcialmente la demanda. Se estima la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Comprador
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Sumario: I. Introducción.-II. Concepto y modalidades.-III. Las arras penitenciales en el Código civil.-IV. Las arras en la jurisprudencia.
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...Los vendedores recibieron 100.000€ en concepto de arras penitenciales y la hipoteca pendiente asc...
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El consultante entrega en 2010 a una promotora una cantidad en concepto de arras penitenciales como reserva de una vivienda en construcción. La entrega de la vivienda no se realizará antes de iniciado 2011, por incumplimiento de la promotora.
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Consejos prácticos al comprar un piso. 1. Información y publicidad. Elección de vivienda. 1.1. Registro de la Propiedad. 1.2. Estatutos de la comunidad de vecinos. 1.3. Forma. 1.4. Ventajas. 1.5. Fiscalidad. 1.6. Consejos al visitar la vivienda. 2. El aseguramiento registral. Consulta al registro de la propiedad y al ayuntamiento de la localidad. 2.1. El Registro de la Propiedad. 2.2. Información registral. 3. Contrato de arras. Concepto y función. 3.1. Concepto. 3.2. Clases. 3.3. Elementos. 3.4. Finalidad. 3.5. Fiscalidad. 3.6. Aspectos a tener en cuenta. 4. Forma del contrato de compra y formalización (vivienda nueva y usada. Contrato público y privado). 4.1. El documento privado. 4.2. El documento público. 4.3. Vivienda nueva. 4.4. Vivienda usada. 4.5. Aspectos a tener en cuenta. ...
...- Las arras penitenciales o de desestimiento, que son un medio lícito para ...
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COMPRAVENTA. ARRAS PENITENCIALES. DEVOLUCIÓN. Se reclama la devolución de la cantidad entregada en concepto de arras penitenciales. Los términos del contrato son claros, de manera que si los compradores lo firmaron antes de cerciorarse de que alguna entidad bancaria les daría apoyo financiero, asumieron el riesgo de perder las arras entregadas en virtud de lo pactado, que fueron proporcionadas al importe del precio de la venta. En primera instancia se admite la demanda. Se estima la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Vendedor
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I. LAS ARRAS EN EL CÓDIGO CIVIL. A. Concepto y función de las arras . 1. Concepto. El Códi...Pese a ser las arras penitenciales la única modalidad prevista por el legislador, si...
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El consultante es titular de una vivienda construida en régimen de derecho de superficie desde 1997. El Ayuntamiento ha iniciado en 2010 el proceso de venta a los titulares superficiarios el suelo. Habiendo satisfecho en concepto de arras penitenciales el 5 por ciento del valor del suelo como pago a cuenta del total del precio, en diciembre de 2010. El resto del precio se satisfará al otorgamiento de la escritura de compraventa, previsiblemente en 2011.
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FJ 2º plazo de las arras en las dependencias de la vendedora. Le fue rechazado.
4.º El 12 de noviembre de 2004 la compradora consignó en la notaría el importe del segundo plazo de las arras, mediante cheque nominativo, para su ofrecimiento a la vendedora.
5.º El notario efectuó el ofrecimiento quedando el cheque a disposición de la vendedora en la notaría.
6.º El 16 de noviembre de 2004, compareció en la notaría la vendedora y manifestó que no aceptaba el pago del segundo plazo de las arras porque antes del ofrecimiento del depósito envió burofax a la compradora, el 11 de noviembre de 2004, notificándole su voluntad de desistir de la compraventa por las discrepancias surgidas entre las partes, y depositó en la notaría a disposición de la compradora un cheque por importe de 2...
... su caso, si las arras son penales o penitenciales, aunque en este caso el efecto económico es el mi... retendrá el precio de lo pagado en concepto de señal o aval (cláusula 7 .ª). »Segundo. Com...
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El consultante es titular de una vivienda construida en régimen de derecho de superficie desde 1994. El Ayuntamiento ha iniciado en 2010 el proceso de venta a los titulares superficiarios el suelo. Habiendo satisfecho en concepto de arras penitenciales el 5 por ciento del valor del suelo como pago a cuenta del total del precio, en noviembre de 2010. El resto del precio se satisfará al otorgamiento de la escritura de compraventa, previsiblemente en 2011.