Comunicacion de Recurso extraordinario

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    ... la acumulación de acciones, procesos y recursos (arts. 25 a 41)          CAPÍTULO I. ... De los actos de comunicación (arts. 53 a 62)      TÍTULO V. De la ev... practicadas resultasen de extraordinario volumen o complejidad, el juez o tribunal podrá c...

  • ... la celebración de vista en aquellos recursos en los que no se va a pedir el recibimiento a prue... en el mismo requerimiento, única comunicación procesal necesaria para el buen fin del proceso, a... los recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación si, al interp...

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    PROPIEDAD INTELECTUAL. OBRAS FOTOGRÁFICAS.Se reclama contra la resolución que dispone que las fotografías litigiosas no son obras fotográficas, sino meras fotografías, por carecer del requisito de "creatividad suficiente" para merecer aquella consideración, y, por consiguiente, el titular no puede invocar derechos morales, ni el de transformación, rigiéndose la transmisión total o parcial del derecho de exclusiva del art. 128 LPI por la autonomía privada de la voluntad del art. 1.255 del Código Civil .La creatividad supone la aportación de un esfuerzo intelectual, -talento, inteligencia, ingenio, invectiva, o personalidad que convierte a la fotografía en una creación artística o intelectual-. La singularidad no radica en el objeto fotográfico, ni siquiera en la mera corrección técnica, sino en la fotografía misma, en su dimensión creativa. Como regla general, a las meras fotografías no son de aplicación las disposiciones de los arts. 42 a 57 LPI que se refieren a los derechos de autor; y no se especifica en que forma han podido resultar afectados, con conculcación legal, los únicos derechos de que están asistidos los titulares de las meras fotografías, que son los de autorizar la reproducción, distribución y comunicación pública (art. 128 LPI ). Se desestima el recurso extraordinario por infracción procesal. Se desestima el recurso de casación.

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    ... Recursos administrativos          SECCIÓN I. Pr... Recurso Extraordinario de Revisión TÍTULO VIII. De las reclamaciones... de la validez de documentos y comunicaciones emitidos por dicha vía. El extraordinario avance ...

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    ... autoliquidación, solicitud o comunicación de datos              SUBSECCIÓN 2ª... Recurso de reposición      CAPÍTULO IV. Reclamaci...En materia de recursos extraordinarios, se establece un nuevo recurso de alzada para la u...

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    ... Objeto del recurso contencioso-administrativo      CAPÍTULO I. ... ha sufrido hasta la saturación el extraordinario incremento de la litigiosidad entre ciudadanos y A... a aquel en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente re...

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    ... De la comunicación y del reconocimiento de créditos        ... procedimiento abreviado y del sistema de recursos      CAPÍTULO I. De la tramitación del pr... el recurso de casación y el extraordinario de infracción procesal contra las sentencias que ...

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    ... Jueces o Tribunales especiales y de los recursos de queja contra las autoridades administrativas ... en un asunto, si a la primera comunicación no se pusieren de acuerdo sobre la competencia, da... ellas recurso alguno ordinario ni extraordinario, salvo los de revisión y rehabilitación. Llámas...

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    ... ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no v... de doce años, atribuirá sin ulterior recurso la facultad de decidir al padre o a la madre. Si l...5.º Para hacer gastos extraordinarios en los bienes. 6.º Para entablar demanda en nombr...

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    DIVORCIO. GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. PRUEBA EN LA SEGUNDA INSTANCIA. Se reclama contra la sentencia que desestimó la apelación y argumentó: a) la valoración de la prueba no podía ser considerada como ilógica o irracional; b) no se podía admitir la petición subsidiaria de que se acordara una guarda y custodia compartida porque no existía acuerdo entre los cónyuges, la falta de comunicación de los progenitores dificultaría gravemente su puesta en práctica; c) el importe fijado como pensión alimenticia por el juzgador de instancia se correspondía al nivel de vida que se había mantenido constante matrimonio. La denegación en la segunda instancia de la realización de pruebas relacionadas con las aptitudes de los padres en la guarda y custodia de sus hijos, teniendo en cuenta las necesidades personales del menor -que nació con síndrome polimalformativo congénito, quedando aquejado de diversas patologías y requiriendo una atención constante durante las 24 horas del día-, constituye una violación del art. 24 CE , que ha producido indefensión en el ahora recurrente. Esta indefensión es tanto más patente cuanto que la argumentación sobre la atribución de la guarda y custodia de forma exclusiva a la madre, la efectúa la sentencia recurrida sobre la única razón de la "falta de comunicación" entre los cónyuges, motivación que resulta insuficiente, teniendo en cuenta las circunstancias del caso. Se estima el recurso extraordinario por infracción procesal. No se hace lugar al recurso de casación.



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