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... Demanda (arts. 80 a 82) SECCI... de la tradicionalmente conocida como rama social del Derecho. La articulación de las r..., con el objetivo de mejorar su calidad y hacer más eficiente y ágil el servicio, alcanza necesa...
Hablar de discriminación por el uso de genéricos es marketing del miedo y los laboratorios lo usan para presionar al Gobierno
...En estas obras el periodista denuncia cómo las farmacéuticas venden medicamentos “peligros...
DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO. IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES. Se reclama contra la sentencia que estimó el recurso interpuesto contra la que hace lugar a la demanda de desahucio por falta de pago, y revocó en parte esa sentencia. El arrendatario está obligado al pago de la renta y a las cantidades a ella asimiladas, lo que supone que el impago de una u otra constituye un incumplimiento del contrato y, por tanto, es causa de resolución contractual. El arrendatario se comprometió convencionalmente a hacer frente al pago del 50% del IBI; lo que exige, la estimación del recurso por cuanto no cabe forzar al arrendador a iniciar procedimientos sucesivos de reclamación contra el arrendatario incumplidor respecto de una obligación periódica de la que debe responder durante la vigencia del contrato y que no ha cumplido durante los años 2005 y 2006. Corresponde declarar la resolución del contrato de arrendamiento de la vivienda y condenar al demandado a desalojarla y a pagar a la actora 510,36 euros, el 50% del IBI de los ejercicios correspondientes a los años 2005 y 2006, más las cantidades que se devengaran hasta la entrega efectiva de la vivienda, y intereses legales.También procede declarar, que el impago por el arrendatario del impuesto de bienes inmuebles, en arrendamientos de vivienda existentes en el momento de la entrada en vigor de la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de noviembre de 1994 , ha de considerarse como causa de resolución comprendida en el artículo 114-1ª de dicha Ley. Se hace lugar al recurso de casación.
..., y configura al Gobierno de la Nación como un órgano eminentemente político que dirige la A... un mismo espacio subjetivo y geográfico, hace necesario propiciar un acercamiento eficaz de los ...Objetivo que demanda a su vez una fluida relación entre las Administra...
... De la demanda y su objeto SECCIÓN II.... De la ejecución por obligaciones de hacer y no hacer CAPÍTULO IV. De la... con sentencia absolutoria de la instancia-, como en la determinación de lo verdaderamente controve...
DENEGACIÓN DE LA CONDICIÓN DE REFUGIADO. DERECHO DE ASILO. Se reclama contra la sentencia que desestimó el recurso contencioso-administrativo promovido contra la resolución que acordó denegar el reconocimiento de la condición de refugiados y el derecho de asilo a los referidos ciudadanos nacionales de Colombia. La resolución de la Subsecretaria de Interior no incurre en manifiesto error de apreciación al referir que el relato ofrecido por el solicitante, en referencia a las amenazas recibidas de agentes distintos de las autoridades colombianas, resulta inverosímil, pues las presuntas amenazas recibidas para que se fuera del barrio y, posteriormente, del país, por haber sido testigo de un secuestro producido en un bar de la localidad de Buenaventura Valle, no revisten la intensidad necesaria para incardinarse en los supuestos de persecución por razones de índole política, que avalen la demanda de protección que confiere la concesión de asilo. Se hace lugar al recurso de casación.
... del recurso a la parte comparecida como recurrida (la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO) a fin de...
El Foro de Atención Primaria ha asumido como propia la demanda de las sociedades científicas de Pediatría de que se satisfagan las necesidades formativas de sus especialistas. Entre las demandas de las sociedades está la de una rotación larga, reglada y específica por primaria.
Decenas de gallegos afectados por el paro aéreo reclaman 10.000 euros en la denuncia más cuantiosa de la democracia
...Si se desestima, como es previsible, presentarán una demanda colectiva ...
DERECHO AL HONOR. LIBERTAD DE EXPRESIÓN. INFORME PSICOLÓGICO. Se ejercitó acción de protección del derecho al honor contra la psicológa que realizó, en el seno de un procedimiento de familia, un informe pericial. No puede prevalecer el derecho al honor sobre la libertad de expresión. El informe psicológico, si bien había sido confeccionado a instancia de una sola de las partes, iba a desplegar plenos efectos en el conflicto matrimonial existente entre ellas, al presentarse como prueba pericial en el acto de la vista de las medidas provisionales previas a la demanda solicitadas por la peticionaria del mismo y ratificarse en ese mismo acto por su autora, conflicto en el que la consideración de la situación de la pareja a efectos de decidir sobre las medidas a adoptar en relación con los menores es inescindible y en el que el profesional de la psicología debe ofrecer al juzgado cuantos datos tenga en su poder a los efectos de que el juez pueda dar respuesta. No se ha discutido que las afirmaciones de la psicóloga sean inveraces. No consta la relación causal entre el dictamen realizado por la psicóloga en el seno del procedimiento de medidas provisionales previas a la demanda y la resolución última dictada en el procedimiento de divorcio contencioso. Se hace lugar al recurso de casación.
Decenas de gallegos afectados por el paro aéreo reclaman 10.000 euros en la denuncia más cuantiosa de la democracia
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