codigo penal violencia genero
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Informe del Grupo de Expertos en violencia doméstica que analiza los cinco años de aplicación de la norma.
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Como medida de seguridad. a) La finalidad de las medidas de seguridad y su presupuesto de aplicación. b) Desarrollo, seguimiento y control de las medidas de seguridad. 2. Como obligaciones, deberes o reglas de conducta en los supuestos de suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, sustitución de la pena privativa de libertad y de concesión de la libertad condicional. a) La finalidad de las reglas de conducta y sus presupuestos de aplicación. b) Reflexiones en torno a la imposición de determinadas reglas de conducta en la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, sustitución de la pena privativa de libertad y de concesión de la libertad condicional. c) Desarrollo, seguimiento y control de estas obligaciones, deberes o reglas de conducta. 3. Program...
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Cuestión de inconstitucionalidad 3508-2008. Planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Murcia, en relación con los artículos 171.4 del Código Penal, en la redacción de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de genero; y del 173.2 y 173.3 in fine del Código penal, en la redacción de la Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros.
Principios de igualdad, proporcionalidad penal, presunción de inocencia y non bis in idem: trato penal diferente en el delito de amenazas leves (STC 45/2009); delito de violencia habitual cuyo tipo incorpora un componente autónomo de lesividad que lo diferencia de la suma de actos de violencia que lo integran; inadmisión parcial de la cuestión de inconstitucionalidad por falta de requisitos procesales. Votos particulares.
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