-
... español al modelo que suponen los convenios internacionales en la materia, básicamente al Con... al transportista concernientes al seguro de las mercancías. f) El plazo convenido en el qu...
-
CONTRATO DE TRANSPORTE. INCUMPLIMIENTO. SEGURO. El art. 32 del CMR establece que las acciones a las que puede dar lugar el transporte regulado en dicho Convenio prescriben al año. La reclamación escrita interrumpe la prescripción hasta el día en que el transportista responda por escrito dicha reclamación y devuelva los documentos que acompañan a la misma. El art. 76 de la LCS , que atribuye una acción directa al perjudicado frente al asegurador en materia de responsabilidad civil, no distingue si esa responsabilidad es extracontractual o contractual; por lo que si al transportista se le reclama una indemnización por daños en la mercancía transportada, por incumplimiento de sus obligaciones derivadas del contrato de transporte, es aplicable el art. 76 y el perjudicado tiene acción directa frente a la compañía aseguradora. Se estima parcialmente el recurso de apelación.
-
La actualización diaria en materia jurídica es crucial para el profesional del derecho, por ello, El Derecho Editores incorpora todas las novedades legislativas, así como la jurisprudencia y doctrina más reciente en cada una de sus obras para que el cliente optimice al máximo su suscripción.
...Circulación y Seguro de vehículos. Lo más destacado es la Reforma de ... sobre esta materia, esto es, al Convenio CMR; y la nueva Directiva europea sobre seguro de ...
-
... español al modelo que suponen los convenios internacionales en la materia, básicamente al Con... al transportista concernientes al seguro de las mercancías. f) El plazo convenido en el qu...
-
Los hechos. 2. La primera instancia, condenatoria. 3. La segunda instancia, absolutoria. 4. La casacion, también absolutoria. 5. Comentarios.
... 5217), Fundamento de Derecho Tercero: el Convenio CMR no exige al cargador probar la pérdida de la ...
-
TRANSPORTE DE MERCADERÍAS. AVERÍAS EN LA CARGA. CONTRATO DE SEGURO. Los términos del artículo 3 de Convenio CMR (... el transportista responderá de los actos y omisiones.. de todas las otras personas a cuyo servicio él recurra para la ejecución del transporte...) significan la afirmación legal de una solidaridad impropia u obligación in solidum entre transportistas subcontratantes y subcontratados que, ex lege, permite al perjudicado ( o a quien se subrogue en su posición) accionar contra cualquiera de ellos, sin que tal responsabilidad, y el consiguiente ius electionis, se vea limitado por las normas de la comisión (que, en último caso, no serían aplicables a un subcontrato de transportes). Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
-
Seguro de transportes de mercancías por carretera. Una vez abonada la indemnización se ejercita acción de subrogación por el asegurador contra los porteadores. Cabe que contrate el seguro de transportes el comisionista o la agencia de transportes y que lo haga por cuenta ajena, que es lo que ocurrió en el presente caso, en que quien contrató tiene la condición de tomador del seguro, pero no de asegurado por cuanto los titulares del interés asegurado eran los destinatarios de las mercancías transportadas, siendo por ello perfectamente admisible la subrogación intentada en la demanda. En todo caso la acción se puede dirigir no sólo contra el porteador efectivo, sino respecto de todos aquellos que tiene la condición de porteadores en tanto estén obligados a responder de la indemnización satisfecha.
..., del Contrato de Seguro y el 3º del Convenio de 19 de mayo de 1956, relativo al Contrato de Tra...
-
... red de oficinas o bolsa de inmuebles de convenios de colaboración con otros agentes inmobiliarios. ..., manipulación, estancia en almacén, seguros, gestiones administrativas, u otras- se calculan a...
-
...1.5 El Convenio relativo al contrato de transporte internacional d...El seguro de caución: Concepto y contenido. Avales y garant...
-
CONTRATO DE TRANSPORTE. Terrestre internacional por carretera. Rég. jco. del Convenio C.M.R. Pérdida total de la mercancía por sustracción del interior del vehículo en que era transportada cuando se hallaba estacionado en una localidad italiana del trayecto. Reclamación del importe de la mercancía por la entidad aseguradora de la sociedad cargadora titular de la mercancía. Reclamación frente a la transportista y su Compañía aseguradora. Legitimación pasiva de ésta. Prescripción extintiva de la acción ejercitada: rég. jco del art. 32 CMR. Caso de existencia de dolo o falta equivalente o equiparable (culpa grave) en el cuidado de la mercancía: plazo de prescripción de tres años. Carga de la prueba del dolo; éste no se presume. Prescripción ordinaria del año cuando no hay dolo. Suspensión del plazo de prescripción desde la reclamación escrita (art. 32, apart. 2 y 3 CMR). Diferencia de interrupción. REC. DE CASACION: inaplicabilidad de la doctrina de la causalidad del vicio -equivalencia de resultados-. Asunción de la segunda instancia: valoración libre de la prueba por el Trib.
... la entidad "Nacional Suiza Compañía de Seguros", interpuso demanda de Juicio Ordinario de Menor C...