Clausula rebus sic stantibus de los contratos

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1.383 documentos para Clausula rebus sic stantibus de los contratos
  • Introducción. 2. La alteración sobrevenida de las circunstancias en contratos de larga duración o de ejecución a largo plazo. 3. Fundamento de la aplicación de la cláusula "rebus sic stantibus ". 4. Los presupuestos de aplicación de la cláusula "rebus sic stantibus ". 5. Los efectos jurídicos de la modificación sobrevenida de las circunstancias. 6. La jurisprudencia general de los últimos años sobre la aplicación de la cláusula "rebus sic stantibus ". 7. Conclusiones.

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    CONFLICTO COLECTIVO. HORAS EXTRAORDINARIAS. CLÁUSULA REBUS SIC STANTIBUS. Se declara la nulidad del artículo 42 del Convenio Colectivo Estatal de las empresas de seguridad para los años 2005 a 2008 que fija el valor de las horas extraordinarias laborables y festivas para los vigilantes de seguridad. Las recurrentes solicitan se aplique la cláusula rebus sic stantibus, lo que conduce a dejar de aplicar todas las condiciones económicas del Convenio Colectivo en vigor. Serían tres las condiciones para la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus: alteración completamente extraordinaria de las circunstancias existentes en el momento de celebración del contrato; desproporción inusitada o exorbitante entre las prestaciones de los contratantes; y todo ello debido a circunstancias sobrevenidas y radicalmente imprevisibles. Pero dichas condiciones no concurren en nuestro caso. No se puede considerar que la estricta aplicación de una norma de derecho necesario relativo como es el articulo 35.1 del ET (que establece, respecto al valor de las horas extraordinarias, un mínimo que solamente puede ser mejorado por las partes negociadoras pero no empeorado) constituya una alteración extraordinaria de las circunstancias: dicho precepto estatutario debe ser respetado en todo momento y en cualesquier circunstancia. Es rechazable la pretensión de las recurrentes de fundamentar el equilibrio del Convenio sobre el incumplimiento de una norma de derecho necesario -el valor de las horas extraordinarias no puede ser inferior al de las horas ordinarias- que, a su vez, se pretende justificar sobre la base del gran número de horas extraordinarias que se trabajan en el sector, es decir, sobre la flagrante violación de la prohibición legal (art. 35.2 del ET) de trabajar más de 80 horas extraordinarias al año. En definitiva, ni se ha infringido el artículo 7 del Convenio Colectivo, ni se han infringido el artículo 37 de la CE ni el artículo 3.1 del Código Civil , sin que proceda la aplicac...

      Obligaciones › ContratosCláusulas contractuales
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    CONTRATOS. CLÁUSULA REBUS SIC STANTIBUS. La admisión de las cláusula rebus sic stantibus según reiterada jurisprudencia requiere como premisas fundamentales: a) alteración extraordinaria en el momento de cumplir el contrato en relación con las concurrentes al tiempo de su celebración; b) una desproporción exorbitante, fuera de todo cálculo, entre las prestaciones de las partes contratantes que verdaderamente derrumben el contrato por aniquilación del equilibrio de las prestaciones; y c) que todo ello acontezca porque sobrevengan circunstancias imprevisibles. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la casación.

    ☞ Sentencia Favorable a: Abogado del Estado

  • Sergio Agüera es abogado senior y especialista en Derecho Inmobiliario y Derecho Mercantil, PEREZ-LLORCA.

    ... presente artículo analizaremos si la cláusula "rebus sic stantibus" y el uso que de ella han hec... sobrevenida de las circunstancias en contratos de larga duración o de ejecución a largo plazo. ...

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    AGENCIA DE SEGUROS: Repercusión al agente, en sus comisiones, del porcentaje de las primas devengadas destinado a la provisión del seguro de decesos impuesta por la D.T. 3ª ROSSP 1998; improcedencia por no tener base en el contrato ni en la ley. Resolución del contrato por incumplimiento del agente: improcedencia por no haber seguido las instrucciones de las aseguradoras sobre remisión de dicho porcentaje y procedencia por falsear facturas y no haber atendido las instrucciones de pagar a una funeraria. Infracción del deber de lealtad e incumplimiento grave de obligaciones. Pérdida de todo derecho a indemnización o pago de cualquier concepto al agente incumplidor, válidamente pactada en el contrato. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: Falta de lógica de considerar una obligación como contractual y, al mismo tiempo, aplicar la cláusula "rebus sic stantibus" por obligación sobrevenida de una de las partes. RECURSO DE CASACIÓN: Permite revisar la interpretación del contrato por los órganos de instancia en caso de falta de lógica. Inadmisibilidad de cuestiones nuevas no planteadas en apelaci

    ... la resolución contractual de los contratos de agencia suscritos por FINISTERRE, S.A. y la mis...

  • CONTRATO DE DEPÓSITO. Si los contratos deben cumplirse a tenor de los mismos, ello debe ir unido a las normas sobre interpretación de los contratos que implican que si los términos del contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes pero no si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de aquéllos, en cuyo caso el contrato no habrá de cumplirse según su tenor sino que prevalecerá la intención de los contratantes sobre sus palabras; y hay que tener en cuenta la admisión, muy cautelosa, de la jurisprudencia de la modificación de la regulación contractual, ya sea por atender al hecho de la variación imprevisible de las circunstancias objetivas que alteran sustancialmente la base del negocio existente en el momento de contratar, ya por considerar que debe entenderse implícitamente puesta, al margen del tenor del contrato o de la expresión de la voluntad contractual, una cláusula rebus sic stantibus que autorizaría la modificación, o bien teniendo en cuenta ambos criterios. Se desestima la apelación.

    ☞ Sentencia Favorable a: Demandado

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    CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA. ACCIÓN DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. INCUMPLIMIENTO. Cuando la cláusula penal está prevista para un determinado incumplimiento parcial, no puede aplicarse la facultad moderadora del artículo 1154 del Código civil si se produce exactamente aquel incumplimiento parcial, dado que la moderación procede cuando se hubiera incumplido en parte la total obligación para la que la pena se previó, de modo que, como afirma la doctrina, la finalidad del repetido artículo no reside en si debe rebajarse equitativamente una pena por resultar excesivamente elevada, sino en que las partes, al pactar la pena, pensaron en un incumplimiento total y la determinaron en función de esa hipótesis. En primera instancia se estima la demanda. Se estima en parte la apelación. Se desestima la casación.

    ..., el veinte de junio de dos mil dos, dos contratos de contenido similar al de aquel, uno, con la dema... la doctrina conocida como de la "cláusula rebús sic stantibus " - al haberse interpuesto previamen...

    ☞ Sentencia Favorable a: Demandante

  • IMPAGO DE PARTE DEL PRECIO. CONTRATO DE EJECUCION DE OBRA. INVARIABILIDAD. Aunque se pacte un precio unitario para las obras de construcción, este principio de invariabilidad del precio tiene la excepción que prevé el último inciso del art. 1593 del Código Civil , para cuando se produzca efectivo aumento de obra, que debe contar con la autorización de la propiedad, lo que equivale a consentimiento tanto anterior o posterior, mediante su aprobación y puede ser expreso o tácito y no hace preciso la aplicación de la cláusula "rebus sic stantibus". Se estima la demanda. Se desestima la apelaciòn.

    ... stantibus", pues la misma juega en los contratos duraderos y requiere que se produzcan alteraciones...

    ☞ Sentencia Favorable a: Arrendador

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    CORREDORES DE COMERCIO. CONVENIO PROFESIONAL. No se dan las condiciones exigidas por la jurisprudencia de esta Sala para la siempre excepcional aplicación de la llamada cláusula rebus sic stantitus, a saber, alteración extraordinaria de las circunstancias originales, desproporción exorbitantes y fuera de todo cálculo entre las prestaciones de las partes e imprevisibilidad de la alteración sobrevenida, pues aparte de no ser en absoluto extraordinaria, anómala ni imprevisible la mencionada reducción de plantilla, la doctrina sobre la cláusula rebus sic stantibus se funda en el art. 1258 CC y de ello se deriva que no resulte aplicable a favor de quien, como el recurrente, se desvinculó del convenio litigioso por razones de puro interés económico personal apuntadas por el tribunal sentenciador al señalar su falta de interés en que el nuevo corredor se incorporase a su grupo para que los beneficios de éste se incrementaran aún más, como de hecho sucedió según demuestra el propio resultado de la liquidación. Se desestima la casación.

    ... no permite resolver unilateralmente los contratos ni tutela al incumplidor frente al cumplidor; que ...

    ☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

  • Consideraciones generales. B) Mora.

    ... venta o permuta, según resulte de sus cláusulas y pruebas practicadas en el procedimiento; pero en... esencial de la propia naturaleza de los contratos, conforme el art. 1445 CC. . La figura del arbitr... rechazarse la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus en aquellos supuestos de contratos d...



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