circular fiscalia general
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La Fiscalía General del Estado acaba de editar la "Circular 1/2011 relativa a la responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica número 5/2010". Con la entrada en vigor el pasado 23 de diciembre de 2010 de la reforma del Código Penal, el Derecho español se [...]
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DELITO CONTRA LA HACIENDA PUBLICA. EXCUSA ABSOLUTORIA. Jurisprudencia que ha sido acogida en la Circular 2/2009, de la Fiscalía General del Estado, que incluye como conclusión tercera lo siguiente: En las excusas absolutorias de los arts. 305.4 y 307.3 del Código Penal, la conducta postdelictiva del imputado debe suponer el reverso del delito consumado, de forma que resulte neutralizado no solo el desvalor de acción (defraudación) sino también el desvalor de resultado (perjuicio patrimonial irrogado a la Hacienda Pública o a las arcas de la Seguridad Social). Ello hace exigible una conducta positiva y eficaz del sujeto pasivo de la obligación contributiva que incluye, la autodenuncia (a través del reconocimiento voluntario y veraz de la deuda, previo a las causas de bloqueo temporal legalmente previstas) y el ingreso de la deuda derivada de la defraudación, satisfaciendo ambas exigencias el pleno retorno a la legalidad al que el legislador ha querido anudar la renuncia al ius puniendi respecto del delito principal y sus instrumentales . Por lo que se ha dejado antes expresado, la postulada excusa absolutoria por regularización no reúne, en el presente caso, los presupuestos que la doctrina de esta Sala exige en relación al delito fiscal. En primera instancia se condena al acusado. Se desestima la casación.
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal
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Circular 1/2011, relativa a la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica número 5/2010.
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. El matrimonio en fraude de Ley: su inicio en España - 8.1.1. Concepto - 8.1.2. En el expediente matrimonial: Síntomas característicos y Supuestos de matrimonios en fraude de ley - 8.1.3. Doctrina de la Dirección General de Registros y Notariado. 160 - 8.1.4. Resoluciones judiciales - 8.1.5. Marco legislativo - 8.2. La lucha contra los matrimonios de complacencia o simulados - 8.2.1. Cambios normativos - 8.2.1.1. Resolución del Consejo de las Comunidades Europeas de 4 diciembre 1997 sobre las medidas que deberán adoptarse en materia de lucha contra los matrimonios fraudulentos - 8.2.1.2. Modifi caciones del Código Civil - 8.2.1.3. La respuesta de la Dirección General de los Registros y del Notariado - 8.2.1.4. La Circular de la Fiscalía General del Estado - 8.3. Conclusiones - Bibli...
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Circular de la Fiscalía General del Estado 1/2005 de 31 de marzo sobre aplicación de la reforma del Código Penal operada por la LO 15/2003 de 25 de noviembre y Circular 1/2004 de 22 de diciembre sobre régimen transitorio aplicable a la reforma LO 15/2003 sobre este precepto y referido al nuevo régimen de la suspensión de condena para los toxicómanos.
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Circular de la Fiscalía General del Estado 1/2005 de 31 de marzo de 2005 sobre aplicación de la reforma del Código Penal operada por la LO 15/2003 de 25 de noviembre y Consulta 4/1999 de 17 de septiembre. 2. El requisito del pago de las responsabilidades civiles por el condenado. 3. La notificación personal del auto de otorgamiento de la suspensión de la pena. Consecuencias de la incomparecencia del penado.
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La investigación con menores es una necesidad científica, ya que sin ella sería imposible avanzar en la lucha contra algunas enfermedades tempranas. Los protagonistas de estas investigaciones están sujetos a una protección especial recogida en distintas normas que ahora fortalece la Fiscalía General del Estado con su Circular 8/2011 de noviembre.
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Circular de la Fiscalía General del Estado 2/2004 de 22 de diciembre de 2004 sobre aplicación de la reforma del Código Penal operada por la LO 15/2003 de 25 de noviembre.
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Circular 1/2003, de 10 de abril, de la Fiscalía General del Estado, sobre procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas y de modificación del procedimiento abreviado.
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Circular 2/2011, sobre la reforma del Código Penal por Ley Orgánica 5/2010 en relación con las organizaciones y grupos criminales.