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... social y con entidades sin ánimo de lucro. Disposición adicional quinta. Contratos reservad... corresponda al contratista por el lucro cesante derivado de la reducción temporal del contrato, s... a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, deberá constituirs...
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RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. En contra de lo que pretende el recurrido, en este recurso no procede realizar una revisión de los elementos probatorios existentes en el proceso de instancia y que, en su opinión, justificaría sobradamente la existencia del daño indemnizable en concepto de lucro cesante, dado que ello es función únicamente atribuible al Tribunal de instancia. Ello aparte de que tiene razón también el recurrente cuando afirma que la censura que podría merecer la sentencia es la de que resultaba improcedente remitir a las partes a una nueva cuantificación o determinación en ejecución de la misma, según opinión de los actores, puesto que los daños se fueron produciendo incluso después de interpuesto el recurso contencioso administrativo, lo cual, en todo caso, solamente podría dar lugar a una nueva reclamación, de considerarse la disminución de la actividad como producto de un daño continuado, cuestión ésta que excede del ámbito de esta casación en el que solamente podemos resolver el recurso de casación interpuesto exclusivamente por la Administración demandada. Se estima parte de la demanda. Se estima la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Administrado
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DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. REPRODUCCIÓN SIN AUTORIZACIÓN. INDEMNIZACIÓN. La indemnización que debe fijarse al amparo del artículo 140 LPI por reproducción sin autorización por medio de fotocopias en establecimientos abiertos al público con arreglo a las tarifas generales de la sociedad demandante, cuando esta se acoge a la remuneración que hubiera percibido de haber autorizado la explotación, debe fijarse en el importe de la tarifa general fijada para la autorización de reproducciones del 10% de las obras, multiplicado por cinco. Si se prueba de manera suficiente que el porcentaje de promedio de reproducción de todas las obras fotocopiadas es inferior o superior al 50% de las obras la tarifa podrá multiplicarse por un coeficiente superior o inferior, y no podrá exceder de diez veces su importe. En primera instancia se estima en parte la demanda. Se estima la apelación. Se estima la casación.
..., que el primer párrafo se refiere al lucro cesante, y el segundo se refiere, como indica el m..., se establece: "el criterio de cuantificación del lucro cesante consistente, conforme prevé el ...
☞ Sentencia Favorable a: Demandante
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... social y con entidades sin ánimo de lucro DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Contratos res... corresponda al contratista por el lucro cesante derivado de la reducción temporal del contrato, s... a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, deberá constituirs...
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El "Congreso Latinoamericano de Arbitraje" es la actividad académica y profesional más importante de Peru, y anualmente reúne a reconocidos abogados y árbitros de todo el mundo con el objetivo de dialogar sobre los nuevos y antiguos problemas del arbitraje. En esta ocasión serán los próximos 23 y 24 de abril cuando se celebre la [...]
Publicado en: diariojuridico.com
... de los criterios para la cuantificación de daños y perjuicios. También se hablará en diicha Mesa del daño emergente y lucro cesante, así como de la perdida de chance y daño...
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RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS. El régimen legal de responsabilidad civil por daños causados en la circulación distingue entre la determinación del daño y su cuantificación, lo que no es obstáculo para que rija respecto de ambas situaciones el principio de reparación íntegra del daño causado, de tal manera que, en lo que se refiere a su cuantificación, no basta estar, como entiende la Audiencia, al tenor literal del artículo 1.2 LRCSCVM sino que la comprensión del sistema exige además valorar que el número 7 del apartado primero del Anexo enumera las circunstancias que se deben tomar en consideración, como factores de corrección de la indemnización básica, para asegurar la total indemnidad de los daños y perjuicios ocasionados, lucro cesante incluido, criterios circunstancias económicas, incluidas las que afecten a la capacidad de trabajo y pérdida de ingresos de la víctima, circunstancias familiares y personales y la posible existencia de circunstancias excepcionales que puedan servir para la exacta valoración del daño que no son en sí mismos suficientes para admitir que puedan resarcirse los daños más allá de los límites expresamente previstos en ellas, pero que sí gozan del valor de reglas de principio interpretativas y de cobertura de las lagunas existentes en las Tablas. Se estima en parte la casación.
☞ Sentencia Favorable a: Demandado, Demandante
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Unas reflexiones básicas que corresponden a un intento constructivo de iure condito d.II. El resarcimiento del lucro cesante mortis causa, en la doctrina judicial (I): los claroscuros de la suprema jurisprudencia: 1. Un significativo precedente de marginación del lucro cesante causado por la muerte (mujer productiva que dejó viudo y dos hijas mayores dependientes): STS (Sala 2ª) de 20 de diciembre de 2000. 2. Una correcta declaración sobre la resarcibilidad extratabular del lucro cesante causado por la muerte (consortes fallecidos que dejaron dos hijos de edad superior de vida independiente): STS (Sala 2ª) de 2 de abril de 2001. 3. Un caso extravagante de denegación del lucro cesante ...
... no contemplamos un supuesto de cuantificación de.. perjuicios sufridos por incapacidad temporal....
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DAÑOS. LUCRO CESANTE. Esa cuantificación no puede ser aceptada sin mas para evaluar en este caso los perjuicios de paralización teniendo en cuenta que al margen de ese coste de amortización, los vehículos tienen una serie de costes fijos, que según la certificación de la Asociación del Sector, cuando esta inmovilizado por causas ajenas a su propietarios, como es el caso, alcanza el 80% de los ingresos brutos que normalmente viene percibiendo con su normal explotación, al representar los variables de carburantes, aceite, neumáticos, reparaciones etc., solo un 20% de los mismos. Esos costes fijos en este caso pueden ser inferiores, precisamente al disponer la empresa de vehículos de sustitución, lo que supone que tengan que adicionarse los de personal, justificando así la moderación de la cantidad certificada por la Asociación Empresarial ya llevada a cabo en la recurrida, pero no permiten prescindir de la misma. Se acoge parcialmente la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Demandado, Demandante
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ENERGÍA ELECTRICA. INSTALACIONES. DERECHOS DEL CONSUMIDOR. CALIDAD. La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico , y el Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre , por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, tienen entre otras finalidades la adecuación del suministro de energía eléctrica a las necesidades de los consumidores en condiciones mínimas de calidad, referidas, entre otras cosas, a la continuidad del suministro y atención y seguridad del consumidor, condición esta que no tiene la parte actora cuya pretensión indemnizatoria se ampara en una relación de contrato y en el artículo 1101 del CC , en virtud del cual: "Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas", con prueba a cargo de la empresa eléctrica de que actuó con diligencia en la reparación de la avería o que ésta se produjo sin su culpa causa o por fuerza mayor, cumplimentando todas sus obligaciones legales y reglamentarias, para eximirse de abonar la indemnización derivada del daño ocasionado, conforme, entre otros, al artículo 50 de la Ley 54/1997 , en la redacción en vigor a la fecha de los hechos, y al art. 104 del Decreto 1955/2000
... de la acción de reclamación de Lucro cesante al amparo del art. 1106 de Código Civil ,... demandante, y determinante en la cuantificación del lucro cesante a cuyo pago se le condena. La in...
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ACCIDENTE DE CIRCULACION. DAÑOS. CUANTIFICACION DEL LUCRO CESANTE. El lucro cesante o las ganancias frustradas ofrecen muchas dificultades para su determinación y límites por participar de todas las vaguedades e incertidumbres propias de los conceptos imaginarios y si bien no basta para ser acogida, la simple posibilidad de realizarlas sino que ha de probarse rigurosamente que se dejaron de obtener las mismas, la aplicación de esta doctrina no permite negar el derecho a la indemnización en casos como el de autos en el que, por la actividad económica que desarrolla el vehículo siniestrado, el evento genera no sólo la obligación de reparar el daño material sino también la de compensar económicamente a quien no teniendo ninguna responsabilidad en el hecho resarcible se ven privados durante más o menos tiempo de su herramienta de trabajo o de su medio de vida a la espera de que el vehículo sea reparado para poder continuar en su actividad, si se ha acreditado que el perjudicado solo trabaja para un cliente, basta con acreditar que este precisó los trabajos de otro para suplir la inactividad sobrevenida. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Perjudicado