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...(CEMERSA), contra la sentencia de fecha veintidós de dicie...
FJ 2º se alega la infracción del art. 1104 del Código Civil , denunciando la errónea valoración de la prueba en cuanto al mecanismo de fijación del precio definitivo, a cuyo fin revisa las pruebas documental y testifical. Utilizado por la parte recurrente el cauce previsto en el ordinal 2º del art. 477.2 de la LEC 2000 en el escrito de preparación, dicho cauce constituye la vía casacional adecuada, habida cuenta que el procedimiento se sustanció por razón de la cuantía, viniendo esta determinada por la suma de 346.598,52 euros, superando en consecuencia el límite legalmente exigido para acceder a la casación. 2.- No obstante, el recurso de casación, pese a las manifestaciones de la parte recurrente tras la puesta de manifiesto de las posibles causas de inadmisión, incurre en la...
...1.- La representación procesal de "CEMERSA MADRID, S.A." y D. Gabriel, presentó el día 24 d...
Sucesión procesal por cesión con subrogación del crédito litigioso. Escrito acompañando documento acreditativo que se presenta después de citación para sentencia. Omisión de proveído por parte del Juzgado, que no concede audiencia a la contraparte. Recurso de aclaración extemporáneo que se admite para considerar al cesionario parte litigante. Posición de la contraparte, que presentó escrito solicitando se tuviera en cuenta la cesión. Reposición de las actuaciones.
...(CEMERSA), intermediaria entre CARBURANTES ACIBRO, S.L. y O...
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE HIDROCARBUROS. INFRACCIÓN TRIBUTARIA. No resulta admisible el basar la apreciación de culpabilidad en el hecho de que, como se constata en el Acuerdo de imposición de sanción "el inculpado es sin duda conocedor de las obligaciones que para el ejercicio de su actividad de distribuidor de hidrocarburos, en particular de gasóleo bonificado, desde los establecimientos de su titularidad exige la normativa reguladora de los impuestos especiales" o como se señala en la Sentencia de instancia, "una empresa cuya actividad mercantil consistente precisamente de la importación, tráfico y comercialización de productos derivados del petróleo, no puede alegar buena fe cuando incumple la normativa vigente debidamente promulgada y publicada", pues es doctrina reiterada de la Sala que lo que «no cabe de ningún modo es concluir que la actuación del obligado tributario ha sido dolosa o culposa atendiendo exclusivamente a sus circunstancias personales; o dicho de manera más precisa, lo que no puede hacer el poder público, sin vulnerar el principio de culpabilidad que deriva del art. 25 CE, es imponer una sanción a un obligado tributario por sus circunstancias subjetivas si la interpretación que ha mantenido de la disposición controvertida, aunque errónea, puede entenderse como razonable. Se estima la casación.
... DE MERCADOS, S.A., (en adelante, CEMERSA) acta A02 de disconformidad núm. 70591982, por el...
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS. DEVOLUCIÓN DE CUOTAS. REQUISITOS. PRINCIPIO DE RESERVA MATERIAL DE LEY. Se reclama la devolución de cantidades satisfechas en concepto de Impuesto sobre Hidrocarburos por avituallamiento de gasóleo a embarcaciones afectadas a la pesca costera. En materia tributaria la reserva de ley (art. 31.3 C.E.) tiene carácter flexible y relativo, de forma que no incluye absolutamente toda la materia tributaria y hay que entenderla referida sólo a los criterios o principios con arreglo a los cuales se ha de regir la materia tributaria y a la fijación de los elementos esenciales del tributo, fundamentalmente los que incidan en la base y el tipo de gravamen. En primera instancia se rechaza la demanda. Se desestima el recurso de casación.
...(CEMERSA) en el puerto de Santa María (Cádiz), desde dond...
DELITO DE ALZAMIENTO DE BIENES, ESTIMACIÓN. La sentencia absolvió a los acusados del delito de alzamiento de bienes del que venían acusados. Notificada la sentencia a las partes, se preparó recurso de casación por la acusación particular. El Tribunal entiende que si no existió desviación de bienes de su destino a la finalidad de garantía patrimonial genérica prevista en el art. 1911 del C. Civil, porque el importe de aquellos de los que se dispuso fue empleado en el pago de otras deudas realmente existentes, la decisión del tribunal de instancia ha de entenderse correcta, de manera que debe desestimarse igualmente este segundo motivo de casación. Por lo que se desestima la casación de la acusación particular.
... al pago de la deuda contraída con CEMERSA, que ascendía a 898.329.- pesetas, procedentes d...
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal
FJ 2º Para dar respuesta a las pretensiones deducidas en esta alzada debemos partir del denominado como contrato de compraventa suscrito entre las partes en litigio con fecha 11 de Diciembre de 2002, contrato éste, unido al folio 38 de las actuaciones, en el que se convino que Compañía Extremeña de Mercados S.A. vendía a ERG Petróleos S.A. la finca rústica en término municipal de Puebla de Sancho Pérez, a la altura del Kilómetro 78,230 de la carretera N-342, finca 12.085 del Registro de la Propiedad de Zafra, sobre la cual existe una Estación de Servicio dedicada al servicio de carburantes. En la estipulación segunda de este contrato se pactó "2.1 El precio en el que se realiza esta compraventa es de quinientos treinta y cinco mil setecientos veintinueve euros y setenta y seis c...
...-CEMERSA- y D. Juan Pablo ejercitando acción declarativa d...
DELITO CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA. PREDETERMINACIÓN DEL FALLO. FRASES ACOTADAS. Se desarrolló juicio por delito contra la hacienda pública. Las frases acotadas no son desde luego sólo asequibles a expertos en derecho sino que pertenecen al acervo del lenguaje común y lejos de contener una síntesis jurídica de los hechos describen éstos con suficiente contenido histórico o material, debiendo subrayarse que la comprensión histórica del "factum" debe analizarse desde una perspectiva global o de conjunto. En primera instancia se condena al imputado. Se desestima el recurso de casación.
... participación en otras Sociedades ---CEMERSA, PETROLEOS PENINSULARES S.A., SUMINISTROS Y CARBU...
☞ Sentencia Favorable a: Condena
FJ 1º 1.- Contempla el art. 450.1 LEC 2000 la facultad de desistimiento del recurso antes de que sobre él recaiga resolución, por lo que al haberse manifestado la intención del recurrente de apartarse de los medios de impugnación interpuestos, contando su Procurador con facultad al respecto en su poder, procede acceder a lo solicitado, sin necesidad de resolver acerca de la admisibilidad del recurso de casación, con la subsiguiente declaración de firmeza de la Sentencia. 2 .- Procede imponer las costas a la parte recurrente de conformidad con lo establecido en el art. 398.1 de la LEC 2000, el cual remite al art. 394 del mismo cuerpo legal. LA SALA ACUERDA TENER POR DESISTIDO a "CENTRO COMERCIAL CIUDAD VALGREEN, S.A." del recurso de casación, formulado contra la Sentencia dictada con f...
... DE MERCADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA (CEMERSA)", presentó escrito el día 27 de abril de 2009, ...
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