cea iberica chocostar

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6 documentos para cea iberica chocostar
  • FJ 2º En la Alegación Tercera del recurso los apelantes insisten en la falsedad de las facturas aportadas por la actora ya que los documentos originales presentados a requerimiento del Juzgado tienen diferencias imporatantes con las copias que aportaron con su demanda. Ahora bien, en este momento lo que reprochan al Juzgado es no haber dado traslado de los "autos" al Ministerio Fiscal por presunto delito de falsificación en documento mercantil, si bien no hace petición alguna de suspensión de la causa por prejudicialidad penal. En primer lugar la falta de total identidad entre un documento y su copia no implica necesariamente falsedad penal, pues se exige que la alteración sea típica y en el presente caso el documento lo que pretende acreditar es el suministro de unas mercancías, por ...

    ... actora y ahora apelada la mercantil CEA Ibérica Chocostar, S. L., representada por el Procurador S...

  • FJ 2º trimestre de 2008 supervisaron el inventario, la lista de clientes, el balance de situación y la cuenta de resultados, f.511), fiscal contable y laboral (Sr. Marco Antonio, que llega a afirmar que el Sr. Bernabe, dotado de una bata y subido a escaleras, comprobó el inventario), no hay queja del valor de las existencia declarado a Hacienda (f.23) que dejaban su valor en solo 1.808.308,29 euros, mientras que, por el contrario, el adjuntar al contrato (como reconoce Don. Marco Antonio ) una "relación de clientes- fondo comercial" (f.106 y 322 y ss.) hace más comprensible la "dación en pago" como compra de "activos" de una cartera de cerca de 1.200 clientes y de la empresa en su conjunto; d) Además, según el propio inventario acompañado por el actor (f.24 a 40) el valor total de las m...

    ...Pradera Rivero. Apelante demandada: Cea Ibérica Chocostar, S.L. Abogado: C. Valls Martínez. Procu...

  • FJ 1º 1. Las entidades nova azimat, S.L.U., sorini, s.p.a., tat lee confectionery & novelty co ltd, consultoria y gestión, s.l. y econolegis, s.l. comparecieron como acreedoras de cea iberica chocostar, S.L., denunciaron que había incurrido en un sobreseimiento general en el pago de sus obligaciones, y pidieron que se declarara el concurso de acreedores necesario de dicha deudora. La resolución dictada en primera instancia desestima la pretensión de declaración de concurso. En primer lugar, no le reconoce la condición de acreedora a nova azimat, al entender que el crédito invocado de 1.000.000 euros es un anticipo de un crédito satisfecho con una dación en pago. También entiende que la dación en pago se hizo con la asunción, por parte de nova azimat, de la deuda de cea con sorini y...

  • FJ 2º Por parte de la demandada se interpone el correspondiente recurso de apelación en base a las siguientes alegaciones. En primer lugar, se argumenta inexistencia de rescisión de contrato señalándose que es a la inversa, ya que la que ha decidido poner fin al contrato es la actora, que no tiene interés en seguir trabajando para Azimat pero quiere cobrar una buena indemnización. En relación a la indemnización por falta de preaviso, considera que no procede cuando Azimat le ha pedido a la demandada que siga trabajando para ella. También niega que haya mala fe por su parte, ya que es perfectamente lícito que proponga unas nuevas condiciones para la agencia, restructurando la misma dado que se trata de otro empresario y que existe una grave crisis económica. Tampoco considera aplica...

    ... sucedió en el contrato de Agencia a Cea Ibérica Chocostar con el consentimiento del agente, por el...

  • FJ 2º: En la resolución de este recurso debemos partir de dos hechos que han resultado no controvertidos: 1º WITOR'S, S.R.L es titular de las marcas "Witor's" y "Blanco Cuore", y licenciataria del derecho de uso y explotación de la marca internacional "Poker". 2º Entre septiembre de 2001 y junio de 2003, CEA IBERICA CHOCOSTAR, S.L. comercializaba en España bombones de praliné de la actora. También conviene tener presente que la actora ejercitó las acciones de violación de la marca y de competencia desleal sobre la base de dos conductas: la inserción por la demandada de un anuncio de chocolates en el número de noviembre de 2003 de la revista "Dulces Noticias", en el que aparecen las marcas "Witor's", "Blanco Coure" y "Poker" sin el consentimiento de la actora; y la comercialización d...



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