Casino de Juego Gran Madrid
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Hoy tiene lugar en el incomparable marco del Casino Gran Madrid una Jornada de análisis y debate sobre el proceso de regulación del Juego en España, que destaca particularmente el capítulo de licencias online en perspectiva, la oferta de juegos a través de nuevos canales como la televisión, la promoción publicitaria, los sistemas de pago [...]
Publicado en: diariojuridico.com
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ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA. REGLAMENTO DE CASINOS. CAMBIO DE TITULARIDAD. Se señala que se han transmitido las acciones pertenecientes a la Corporación Banloque S.A. a favor de Casino de Juego Gran Madrid S.A., sin la previa autorización exigida, para su transmisión, éstas de la Comisión Nacional de Juego, infringiéndose con ello lo dispuesto en el apartado a) del Rgto. de Casinos de Juego de 9 de enero de 1979; autorización previa que es exigencia distinta del deber de comunicar. Se estima el recurso contencioso administrativo. Se estima el recurso de apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Administración
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PROHIBICIÓN DE ENTRADA EN CASINO DE JUEGO GRAN MADRID. MOTIVACIÓN DE LAS DECISIONES ADMINISTRATIVAS. NEXISTENCIA DE LA INFRACCIÓN DENUNCIADA. Debemos indicar que no está acreditado en autos que el director de juego, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 31 del Reglamento, invitara al interesado a abandonar el casino, lo que hubiera procedido en el supuesto de que, efectivamente, se hubieran producido aquellas alteraciones en el orden de las salas de juego; de lo que cabe inferir que aquellas imputaciones carecieron de la suficiente relevancia para adoptar de inmediato la decisión de expulsión. Se desestima el recurso.
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IMPUGNACIÓN DE LIQUIDACIONES RELATIVAS A "RECURSO PERMANENTE EN FAVOR DE LAS CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN". Las liquidaciones impugnadas se encontraban en sede judicial cuando se publicó la sentencia referida, por lo que ésta despliega todos sus efectos con respecto a ellas, incluso sin necesidad de que la entidad recurrida hubiera solicitada su baja en la Cámara, por todo lo que procede desestimar el presente recurso de casación. En primera instancia se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por CASINO DE JUEGO GRAN MADRID, S.A., contra la resolución dictada por el TEAC, relativa a las liquidaciones del "Recurso Permanente en favor de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación", ejercicios 1986 y 1987, por importe, respectivamente de 10.499.581 pesetas y 12.233.428 pesetas, y se declara que dicha resolución es nula por no ser conforme a Derecho; sin costas. Se desestima el recurso de casación interpuesto por la Administración General del Estado, con costas.
☞ Sentencia Favorable a: Administrado