FJ 2º caso, porque el período de IT, ya ha sido tenido en cuenta por el juzgador de instancia y, en cualquier caso, como luego se verá, el determinar cual es el momento básico que ha de ser tenido en cuenta a fin de determinar las responsabilidades referentes a mejoras voluntarias de la Seguridad Social, es una cuestión de claro contenido jurídico que será examinada al abordar la denuncia jurídica.
SEGUNDO.- En el segundo motivo del recurso, al amparo del apartado c) del mencionado artículo 191 de la L.P.L ., denuncia la parte recurrente la infracción de la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo instaurada con la sentencia de 1 de febrero de 2000, así como el artículo 106 de la Ley del Contrato de Seguro y el artículo 3 del Código Civil . Alega, en esencia, que las dolencia...
... número 0006441 /2007 interpuesto por CAOLINES DE VIMIANZO,S.A. contra la sentencia del JDO. DE L...