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EXTINCIÓN CONTRACTUAL. ACOSO LABORAL. INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS. La cuestión que se plantea consiste en determinar si decretada judicialmente la extinción del contrato a instancia del trabajador con fundamento en el art. 50 del Estatuto de los Trabajadores (ET) por acreditado acoso en el trabajo que le ha originado un cuadro ansioso depresivo reactivo la situación laboral vivida, tiene derecho en el propio proceso a obtener una indemnización por daños y perjuicios a consecuencia de tal situación psíquica, adicional a la correspondiente por extinción contractual. La concurrencia de una situación de acoso laboral determinante de una lesión psíquica en la persona del trabajador por sí misma, y con independencia de las consecuencias laborales que ha de producir, constituye una lesión de derechos fundamentales del mismo que, sustancialmente, se contraen a un ataque frontal a la dignidad personal del trabajador, lo que debe merecer del Órgano Judicial la respuesta consiguiente a la violación del derecho fundamental lesionado. Han de valorarse, con separación los daños y perjuicios derivados de la extinción del contrato de trabajo y aquellos otros inherentes a la lesión del derecho fundamental del trabajador que se concretan en el padecimiento psíquico derivado del comportamiento empresarial que genera la extinción contractual. Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina.
... a instancia de Don Ildefonso en reclamación sobre despido contra Arquitectura Almagro Ortíz S... de la relación laboral, incluida la cantidad generada en concepto de antigüedad desde la fecha... en el actor de conciliación ante el Cemac, celebrado el día 14 de Octubre de 2.008, como co...
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FJ 2º de la Sentencia impugnada pone de manifiesto la vigencia de la relación laboral durante el período reclamado y siendo así la necesaria consecuencia es condenar a la parte demandada al pago de la suma que le es reclamada.
Que estimando el Recurso de Suplicación interpuesto por D. Lorenzo contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. Seis de los de Granada de fecha 16 de junio de 2.011, en Autos 898/10 seguidos por reclamación de cantidad a instancias de aquel contra el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL debemos, revocando dicha resolución, condenar al citado Organismo Autónomo a que pague al actor la suma de 1.498 #.
Notifíquese la presente Sentencia a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia, con advertencia de que contra la misma puede interpo...
... sobre reclamación de cantidad ante el CEMAC el 23 de julio de 2008 frente a la empresa, celebr...
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REINTEGRO DE PRESTACIONES. RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Se reclama contra la sentencia que condeno a la empresa como responsable directa al reintegro a la Mutua demandante de la cantidad correspondiente a 3.370'06 euros en concepto de pago anticipado por las prestaciones de incapacidad temporal percibidas por el trabajador demandado y por la asistencia sanitaria, con responsabilidad subsidiaria del lNSS y de la TGSS. El problema planteado es: si la Administración de la Seguridad Social debe responder subsidiariamente ante la Mutua de las cantidades que ésta no ha anticipado al trabajador, pero que le han sido deducidas de las cotizaciones por el empresario, que sí abonó en pago delegado la prestación. La responsabilidad subsidiaria que se pide frente la Administración de la Seguridad Social está fuera de la función de garantía, porque la responsabilidad del Fondo de Garantía de Accidentes, que ahora asumen sus sucesores lo era para cumplir esa función, cuando "la entidad aseguradora" o "el patrono" dejasen de satisfacer las prestaciones, pero no se extiende a cubrir los perjuicios que la entidad colaboradora pueda sufrir por el funcionamiento irregular de la repercusión del pago delegado en la recaudación en periodo voluntario. Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina.
...- RECAMBIOS GARCÍA PARRA SL., en reclamación sobre reintegro de prestaciones derivadas de accid... Asepeyo presentó conciliación ante el CEMAC con fecha 27 de Julio de 2009 contra ELECTRO RECAM...
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RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. En lo que hace a la alegada incomparecencia de la parte demanda, obliga a recordar que como se desprende del contenido del artículo 91,2, la ley procesal concede al Juzgador de instancia la facultad discrecional de declarar confesa a la parte demandada, ahora bien, en ningún caso le impone la obligación de tenerlo por confesa ante su incomparecencia, se trata de una facultad atribuida en exclusiva al órgano judicial, facultad que no es susceptible de control en vía de recurso. En cualquier caso, el acogimiento del motivo nada añade a los efectos de la resolución a dictar ya que la referencia a la inexistencia de contrato escrito nada dice sobre la existencia de un contrato verbal. Se desestima la suplicación.
... papeleta de demanda conciliatoria ante el CEMAC en 24.06.09, celebrándose el acto en 15 de julio ...
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
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FJ 2º . - Al amparo del apartado b) del art. 191 para que en el hecho probado primero se sustituya el salario por lo siguiente: "38,44 euros/día por todos los conceptos, como consta en sus hojas de salario"
, e igualmente para que se modifique donde dice "Técnico (Grupo V)", por "Técnico (Grupo 05)" ; se interesa la adición de un nuevo hecho probado que sería el décimonoveno, cuyo tenor literal es el siguiente: "El actor fue contratado y prestaba las tareas propias de un Diseñador Gráfico, dependiendo directamente del Director Creativo. No tenía personal a su cargo, y aunque sus tareas no encuadran a la perfección con las definidas en el convenio colectivo de aplicación, se equiparaban con Técnico de Mantenimiento de página web", bajo el mismo amparo procesal para que se adicione u...
... papeleta de demanda conciliatoria ante el CEMAC previa, alegada por la parte demandada, respecto dde la cantidad solicitada como indemnización adicional, para el ... conciliatoria ante el CEMAC sobre reclamación de cantidad (11.417,55 #) celebrándose el acto en...
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...AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD. . Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr... papeleta de conciliación ante el CEMAC 2.4.04 e intentada sin efecto el 20.4.04 formulan ...
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FJ 2º, para que el mismo quede redactado con el siguiente tenor: Para proceder al corte de tableros en la referida máquina es necesario que el disco de corte esté protegido con la carcasa protectora y para cortar tableros pequeños el trabajador debía hacer uso del dispositivo empujador con que cuenta la mesa de corte.
Propuesta de revisión fáctica destinada al fracaso en cuanto se sustenta en una interpretación sesgada de la prueba al efecto invocada, pues además de que en cualquier caso si no estaba bajada debía de haberlo sido por el trabajador antes de proceder al inicio del corte. En cualquier caso como opone la recurrida en su oposición al motivo, como se desprende de la documental fotográfica contenida en el informe pericial aportado por la misma, la máquina posee una protecc...
...Ezequias sobre Cantidad (Daños y Perjuicios) contra GARASA ESÑECO, S.A y... con dicha resolución, interpone reclamación previa en fecha de 24 de noviembre de 2.009 que es... presenta papeleta de conciliación ante el CEMAC en fecha 12 de mayo de 2.008 en reclamación de la...
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...Dicha sentencia recae en proceso de reclamación de cantidad. En este supuesto, tras el despido del... la improcedencia del despido en el CEMAC la readmisión, ofreciendo al trabajador la reinco...
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... por la demanda interpuesta en reclamación de cantidad a instancia de Dª Africa contra la AG... junio de 2008, la actora interpuso ante el CEMAC y frente a la empresa anterior papeleta de concili...
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... contra SUFI S.A., en demanda de cantidad, se celebró el juicio y el 11 de noviembre de dos... abril de 2009, la Actora Interpuso ante el CEMAC y frente a la Empresa, Papeleta de Conciliación een Reclamación de Cantidad y por un Importe de 1.664,68 euros de ...