APROVECHAMIENTOS FORESTALES. COSTUMBRE. El presente recurso de casación se basa en la prioridad de la costumbre sobre las ordenanzas que otorga el art. 75.2 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local cuando dispone que si el "aprovechamiento y disfrute general simultáneo de bienes comunales fuere impracticable, regirá la costumbre u ordenanza local, al respecto". El Real Decreto 1372/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales dispone, que "el régimen de bienes de las Entidades locales se regirá: a) Por la legislación básica del Estado en materia de Régimen Local. b) Por la legislación básica del Estado reguladora del régimen jurídico de los bienes de las Administraciones Públicas. c) Por la legislación que en el ámbito de sus competencias dicten las Comunidades Autónomas. d) En defecto de la legislación a que se refieren los apartados anteriores, por la legislación estatal no básica en materia de Régimen Local y bienes públicos. e) Por las Ordenanzas propias de cada entidad. f) Supletoriamente por las restantes normas de los ordenamientos jurídicos, administrativo y civil. En los términos en los que se expresa la norma podría parecer que queda excluida la costumbre del Ordenamiento Jurídico administrativo, pero basta examinar la prelación de las fuentes del mismo para comprender que la costumbre también está presente en este Ordenamiento. El Código Civil considera en el art. 1.1 como fuente del ordenamiento jurídico español la costumbre. Es decir que la costumbre está presente en nuestro ordenamiento y en concreto cuando de los aprovechamientos de los bienes comunales se trata. El supuesto de autos, constituye un aprovechamiento comunal de madera, por tanto, forestal, que anualmente, y, como dice la Ordenanza recurrida, desde tiempo inmemorial se conceden a los vecinos. Que la costumbre adquiera rango de norma escrita no le priva de su condición, y por ello no permite su modificación...
... y representación del Ayuntamiento de Canicosa de la Sierra y la Letrada de la Comunidad Autónom... de la Villa de Canicosa de La Sierra (Burgos), publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad...
☞ Sentencia Favorable a: Vecino