-
TÍTULO I. De la letra de cambio y del pagaré CAPÍTULO I. De la emisión y de la fo...
-
... Reforma de la Ley Cambiaria y del Cheque UNDÉCIMA. Reforma de la ... en letras de cambio, cheques y pagarés. Se trata de una protección jurisdiccional singul...
-
... De las libranzas, vales y pagarés a la orden, y de los mandatos de pago llamados che... por la Ley 19/1985, de 16 de julio , cambiaria y del cheque. Ver Citas: 2 sentencias , 7 artí...
-
JUICIO CAMBIARIO POR SUBROGACIÓN. LETRA CAMBIARIA PERJUDICADA POR DEFECTO DE TIMBRADO. CUANTÍA DEL MISMO DIFERENTE. INFRACCIÓN FISCAL. Se reclama contra sentencia estimatoria de demanda. El art. 67 de la Ley Cambiaria y de Cheque no prevé entre las excepciones oponibles la infracción fiscal, pues en el número segundo de dicho artículo se alude como excepción a "la falta de las formalidades necesarias de la letra de cambio conforme a lo dispuesto en esta Ley" y el art. 819 LEC dispone que "sólo procederá el juicio cambiario si, al incoarlo, se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los requisitos previstos en la Ley Cambiaria y del Cheque", y sucede que en la disposición final primera, párrafo segundo , de la citada ley recoge una remisión a la legislación fiscal al establecerse que "del mismo modo [reglamentariamente] se regulará el libramiento de letras de cambio emitidas y firmadas por el librador en forma impresa, así como el modo en el que, en estos casos, debe satisfacerse el impuesto de actos jurídicos documentados". Se desestima el recurso de casación.
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
-
Únicamente procede el juicio cambiario si, al incoarlo, se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los requisitos previstos en la Ley cambiaria y del cheque . Tal y como clarifica el Auto de la AP de Cádiz de 17 de diciembre de 2003(nº recurso 304/03), cuando se ejercita una acción cambiaria por la tenencia de una letra, cheque o pagaré que a su vencimiento resultaron impagados se trata del ejercicio de una acción cambiaria ordinaria tendente a cobrar su importe, siendo a tales efectos irrelevante cual haya sido el origen de tales libramientos, sea civil, laboral o mercantil.
Leyes aplicadas: ...
-
...Modificación de la Ley 19/1985, Cambiaria y del Cheque. Los párrafos primero, segundo y ter..., bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación. Si, dentro de dicho pla...
-
Notas previas. II. La eficacia ejecutiva de la letra de cambio, pagaré y cheque. 1. Requisitos formales que según la Ley Cambiaría y del Cheque deben reunir la letra de cambio, el pagaré y el cheque. A) Letra de cambio. a) La denominación de letra de cambio o cláusula cambiaría. b) La orden de pago. a') Caracteres. b') Objeto. c') Moneda extranjera: convertibilidad y admisión a cotización oficial. d') Expresión de la deuda cambiaría en ECUs. e') Falta de mención de la moneda de pago. c) El nombre del librado. d) El vencimiento o fecha de pago. e) El lugar en que se ha de efectuar el pago. f) La indicación del tomador. g) La fecha y el lugar en que la letra se libra. h) La firma del librador. a') La suscripción del libramiento por representante. i) Letra d...
-
PAGARE. OPOSICION. PRESCRIPCION. En este caso, según los artículos 37 y 57 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, la responsabilidad del firmante del pagaré y de su avalista es solidaria. Por consiguiente, la reclamación contra el firmante del pagaré dentro de los quince días posteriores al vencimiento, extiende su eficacia a la avalista responsable solidaria, evitando la extinción del crédito cambiario contra la avalista, la cual únicamente habría quedado liberada de su obligación si el pagaré no hubiere sido presentado al pago, del deudor principal, o de su avalista, en los quince días posteriores al vencimiento, lo cual, según lo expuesto, no ha sucedido en el presente caso, ya que el pagaré se presentó al pago el 8 de julio de 2008, antes del transcurso de los quince días posteriores a su vencimiento el 25 de junio de 2008. Por lo que, el requerimiento notarial a la avalista por medio del acta notarial de 29 de julio de 2008, entregado a la avalista el 30 de julio de 2008, no tiene otro significado que el de una reclamación prejudicial, anterior al ejercicio de la acción directa del artículo 49 de la Ley 19/1985, contra el firmante y su avalista, por la vía del proceso especial cambiario, por el impago del pagaré presentado al cobro por el firmante, o por su avalista, en los quince días posteriores a su vencimiento. En primera instancia se estima la demanda. Se estima la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Deudor
-
... por la que, estimando la excepción cambiaria de falta de formalidades necesarias, y concretamennte por tratarse de un pagaré no a la orden, desestime la demanda por no procede...
-
... sobre la letra de cambio, el cheque y el pagare a la llamada legislacion uniforme de Ginebra supon...