DESPIDO. DESESTIMACIÓN. Contra la Sentencia del Juzgado de lo Social de procedencia, reca?da resolviendo demanda sobre acción de despido y extinción contractual acumuladas, tras cita de las adecuadas indicaciones de car?cter procesal, por parte de la representación letrada de la empleadora recurrente se formaliza su escrito de Suplicaci?n, el tribunal entiende que cuestionamiento que se hace en el recurso de la estimación de la extinción del contrato de trabajo al amparo del art?culo 50 ET, solicitada en su demanda acumulada por la actora, y estimada en la Sentencia ahora recurrida, y debiendo de partir, conforme se deja constancia en la parte f?ctica de la misma, de la existencia de modificaciones en sus condiciones esenciales de trabajo, como cambi?ndola de centro de trabajo, suprimi?ndole la utilización del veh?culo que le proporcionaba la empresa, as? como del tel?fono de que dispon?a, y de modo muy especial, se le orden? realizar actividades impropias de su categor?a profesional (hecho probado sexto), para finalmente dejarla sin un trabajo efectivo; a?adido a ello, la trabajadora demandante se ha visto obligada a tener que ejercitar acciones de reclamación de cantidad, y contra desplazamiento temporal (hecho probado duod?cimo). Conjunto de circunstancias que caracterizan sin duda una la situación de modificación de condiciones de trabajo, con incidencia y suficiente relevancia en su dignidad y derecho a la promoción y formación profesional (art?culo 50,1,a) ET). Sin necesidad de tener que entrar a valorar si ello, adem?s, ha sido en alguna medida consecuencia del ejercicio de sus reclamaciones contra la empresa, es decir, como una represalia vulneradora de su indemnidad. Lo que comporta que, efectivamente, la situación pueda ser encuadrada dentro del motivo que permite solicitar la extinción del contrato de trabajo con derecho a indemnización del art?culo 50 ET, ante los incumplimientos empresariales. Lo que, dado el tenor constitutivo de dicha declaración ...
☞ Sentencia Favorable a: Demandado