caducidad procedimiento
- Caducidad del procedimiento sancionador en materia de tráfico y seguridad vial
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¿Cuál es el plazo de caducidad en un procedimiento de legalidad urbanística?
Determinación del plazo de caducidad en un procedimiento de restablecimiento de la legalidad urbanística cuando la Ley no establece un plazo específico para ello y posibilidad de aplicar el plazo previsto para la resolución de los procedimiento sancionadores. La Comunidad de Propietarios solicitó licencia para cubrir un patio interior, licencia que fue concedida el 18 de febrero de 2018. Las...
- Edicto de la Dirección General de la Policía por el que se notifica al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Francisco Javier García Guinarte, el trámite de audiencia en el expediente disciplinario número 64/2012, que se le sigue, y la interrupción del cómputo de plazo de caducidad del procedimiento.
- RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovados cada dos años.
- Sentencia de 25 de enero de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «En los expedientes instruidos conforme a la normativa anterior a la Ley de Derechos y Garantías del Contribuyente, Ley 1/1998, de 26 de febrero, como consecuencia de actas de disconformidad, el transcurso del plazo de un mes, establecido en el artículo 60.4, párrafo primero, del Reglamento General de la Inspección de los Tributos, sin que se hubiera dictado el acto de liquidación, no daba lugar a la caducidad del procedimiento inspector, sin que fuera afectada por dicha circunstancia la validez de tal acto de liquidación, dictado posteriormente».
- Sentencia de 3 de junio de 2008, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Conforme al artículo 81 del Real Decreto Legislativo 339/1990 por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su redacción dada por la Ley 19/2001, en el procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial se produce la caducidad si no hubiera recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento».
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