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... de Andalucía, en virtud del artículo 18.1.6.ª de su Estatuto de Autonomía, tiene compete... dictó el Decreto 66/1994, de 22 de marzo, por el que se regulan los horarios para la apertu... en el mercado interior, publicada en BOJA el 8/6/2010 ARTÍCULO 7 Inspección. 1. Correspon...
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RECURSO ADMINISTRATIVO. PRUEBAS SELECTIVAS. CUERPO SUPREMO DE ADMINISTRADORES. Se interpone recurso administrativo contra la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de 31 de marzo de 2000 (sic), por la que se convoca pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales de la Junta de Andalucía, publicada en el BOJA nº 33, de 18 de marzo. En este apartado de su escrito la Junta de Andalucía no cuestiona los concretos fundamentos de la sentencia recurrida, ni intenta rebatir las razones que llevan a la Sala de instancia a la conclusión de que la convocatoria impugnada no se ciñe a los términos de excepcionalidad delimitados en las normas de aplicación. La Administración recurrente en casación se limita a exponer algunas consideraciones de carácter general sobre el respaldo normativo y jurisprudencial de las convocatorias incardinadas en el proceso de funcionarización y transcribe un párrafo de la sentencia de esta Sala y Sección 7ª de 20 de junio de 1996 (casación 6906/1992 ), que recoge a su vez la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional en STC 27/1991, de 14 de febrero, en la que se viene a explicar que concurriendo circunstancias excepcionales puede resultar adecuada y razonable la adopción de un procedimiento también excepcional de acceso a la función pública en el que se dispense un trato preferente a determinados colectivos, sin que ello constituya una vulneración de los principios contenidos en los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución. Pero, aparte de hacer ese genérico recordatorio, en el motivo de casación no se explica por qué habría de considerarse vulnerada esa doctrina en el caso aquí enjuiciado, ni qué aspectos o razonamientos de la sentencia recurrida son los que incurren en infracción de la disposición transitoria 15ª de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y del artículo 15 de la Ley 23/1998 que modifica el artículo 15 de la Ley 30/1984. Instancia estima el recurso ...
☞ Sentencia Favorable a: Administrado
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...Ley 18/2003, de 29 de diciembre , por la que se aprueban ...blico y para la sostenibilidad, publicado en BOJA del 9/7/2010 ARTÍCULO 6 Deducciones autonómicas... días naturales de los meses de diciembre y marzo. En caso de renuncia expresa al fraccionamiento, d...
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..., destacando, entre otras, la Ley 7/1994, de 18 de mayo , de Protección Ambiental. Ahora bien, la... ambiente, y 97/11/CE, del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se modifica la anterior. Conti... derogatoria de la Ley 4/2010 , publicada en BOJA 22/6/2010 c) Un estudio de impacto ambiental que c...
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...Junta de Andalucía el 18 de diciembre de 1999. EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE... 14 de diciembre , del Deporte, publicado en BOJA el 18 de Marzo de 1999. Ver Citas: 2 disposicione...
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RECURSO ADMINISTRATIVO. INGRESO AL CUERPO. PERSONAL LABORAL. PUESTOS DE TRABAJOS. ADMINISTRACIÓN. Se interpone recurso administrativo contra la Orden de 31 de enero de 2000, por la que se convoca pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Gestión Administrativa, Especialidad Administración General, publicada en el BOJA nº 33, de 18 de marzo, que declaramos nula en cuanto no restringe la admisión de los solicitantes al personal laboral fijo que con anterioridad a la vigencia de la modificación del art. 12 de la Ley 6/85, se hallare prestando servicios en puestos de trabajo reservados a funcionarios, en concreto las plazas convocadas, sin solución de continuidad desde, al menos, 31 de diciembre de 1991. La Administración recurrente en casación se limita a exponer algunas consideraciones de carácter general sobre el respaldo normativo y jurisprudencial de las convocatorias incardinadas en el proceso de funcionarización y transcribe un párrafo de la sentencia de esta Sala y Sección 7ª de 20 de junio de 1996 (casación 6906/1992 ), que recoge a su vez la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional en STC 27/1991, de 14 de febrero, en la que se viene a explicar que concurriendo circunstancias excepcionales puede resultar adecuada y razonable la adopción de un procedimiento también excepcional de acceso a la función pública en el que se dispense un trato preferente a determinados colectivos, sin que ello constituya una vulneración de los principios contenidos en los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución. Pero, aparte de hacer ese genérico recordatorio, en el motivo de casación no se explica por qué habría de considerarse vulnerada esa doctrina en el caso aquí enjuiciado, ni qué aspectos o razonamientos de la sentencia recurrida son los que incurren en infracción de la disposición transitoria 15ª de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y del artículo 15 de la Ley 23/1998 que modifica el artículo 15 de la Ley 30/1984. Instancia estima el recurso contencioso ...
☞ Sentencia Favorable a: Administrado