OBRAS DE CERRAMIENTO. En el caso examinado no puede apreciarse, de acuerdo con los hechos que declara probados la sentencia de apelación que exista un abuso de derecho por parte de la comunidad de propietarios en la adopción del acuerdo de demandar a la recurrente. Son circunstancias que configuran el abuso de derecho, las subjetivas, de intención de perjudicar o de falta de interés serio y legítimo, y las objetivas, de exceso o anormalidad en el ejercicio de un derecho y producción de un perjuicio injustificado, y es plenamente legítimo y serio y en ningún modo excesivo o anormal, el interés de la comunidad de que no se alteren los elementos comunes en beneficio exclusivo de uno de los comuneros, haciendo uso del derecho que le concede la normativa de la propiedad horizontal para impedirlo. De lo contrario, se vería abocada a soportar no solo una modificación de sus elementos comunes, sino la servidumbre originada a su amparo. Se desestiman los recursos por infracción procesal y de casación.
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
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