FJ 2º .- La evaluación y acreditación de la calificación profesional, cualquiera que fuese su forma de adquisición constituye uno de los fines del Sistema Nacional de Calificaciones y Formación profesional, tal como se establece en el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio de calificaciones y de la formación profesional. Uno de los instrumentos que esta Ley prevé para conseguir tal objetivo es el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las calificaciones profesionales.
Por su parte, la Disposición transitoria primera del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, establece que hasta el día 30 de septiembre de 2009 las Administraciones competentes ...
... de 6 años y 26 días en la empresa "Barnes Group, Kent, S.L." (antes "Premiarco España, S.A....